seguinforma
Interes General

13-5-1872 La Ley de Ejidos favorece la colonización

La Ley de Ejido de 1872 permitió ubicar colonos en los alrededores de los principales núcleos urbanos.

En mayo de 1872, se dicta la “Ley de Ejidos” que señala para los mismos una superficie de cuatro leguas cuadradas destinadas a la agricultura, prohibiéndose expresamente el pastoreo de haciendas. En virtud de la misma las respectivas municipalidades subdividieron sus ejidos en chacras para entregarlas a los colonos, junto a útiles de labranza, animales y semillas. Así surgen las Colonias Municipales o del Ejido en: Diamante (1880); Concordia(1876); Gualeguaychú(1875); Gualeguay (1875); Federación (1876); Victoria (1876);Concepción del Uruguay(1875); Nogoyá (1878); Paraná (1878); Villaguay (1882); Rosario del Tala (1882); La Paz (1892) y Feliciano (1888). En general todas ellas tomaron gran incremento, con presencia de colonos en su gran mayoría  italianos, los que pronto, se convirtieron en propietarios y en muchos casos sirvieron de aliciente para que particulares, organizaran otros emprendimientos similares En marzo de  1875 se sanciona la “Ley de trazos de villas y colonias” la que dispone:”Habrá grupo de cuatro chacras, separadas por calles de treinta metros de ancho. Las primeras  tendrán una superficie de cuarenta y tres hectáreas y cuarenta y siete áreas divididas en cuatro suertes de quintas iguales y estas a su vez en dos manzanas de planta urbana. En cada chacra poblará una familia de por lo menos tres personas Se dejarán varias fracciones para el pastoreo de los animales de labranzas y para los centros urbanos. Se procurará conservar los montes naturales o plantar artificiales. Las empresas  cumplirán los contratos en el término de cuatro años…” y el 25 de abril del mismo año, otra ley autoriza donar chacras, en forma gratuita, sin discriminación de nacionalidad a familias colonizadoras, con el único compromiso por parte de ellos  de poblarlas dentro de los dos años , y plantar un mínimo de 200 árboles frutales . El no cumplimiento de estos requisitos, dejaba sin efecto la misma.

Bibliografía:

– Beatriz Bosch “El país de los argentinos. – Las Pampas”. Fascículo Nº36 : “Las colonias  de Entre Ríos” Centro Editor de América Latina. Bs. As. 1977.
– Leyes sobre traza de villas y colonias: “Recopilación de Leyes” Tomo III. Tierras, villas, Egidos, colonias, islas anegadizas ,etc. Publicación Oficial Paraná Estudios Gráficos. La Mañana.1922.

Artículos relacionados

Dónde estamos y hacia dónde vamos en Conservación de suelos en Entre Ríos

Redaccion

Los policías levantaron la protesta en Misiones tras alcanzar un acuerdo

Redaccion

La UTN Paraná convoca a presentar proyectos de interés social

Redaccion