Esto incluye la realización de actos inaugurales de obras públicas, el lanzamiento o promoción de planes, proyectos o programas de alcance colectivo. La prohibición corre también para “las agrupaciones por las que compiten” los candidatos.
El cronograma electoral difundido oportunamente por la Justicia Nacional Electoral, establece que a partir de las 00 de este miércoles 17 de julio rige “la prohibición de actos públicos susceptibles de promover la captación del sufragio”.
Esto incluye la realización de actos inaugurales de obras públicas, el lanzamiento o promoción de planes, proyectos o programas de alcance colectivo.
Esta veda rige 25 días antes de las elecciones Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO) que se llevarán a cabo en todo el país el domingo 11 de agosto y en las que están en juego cargos presidenciales y legislativos.
Si algún candidato llegara a incumplir la norma podría ser sancionado con penas que van de 1 a 10 años de inhabilitación para ejercer cargos públicos.
La imposibilidad de hacer proselitismo no es solo para un candidato, si no que el artículo 64 aclara que la prohibición corre también para “las agrupaciones por las que compiten” dichos candidatos.