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3 de abril día del personal de casas particulares

Por el día del personal de casas particulares, que se celebra el 3 de abril, el personal doméstico no tendrá la obligación de trabajar y, en caso de prestar servicios, los trabajadores deberán percibir el doble de la remuneración correspondiente a ese día

El 3 de abril se celebra en la Argentina el día del personal de casas particulares, por lo que es considerado día no laborable para los empleados y empleadas domésticas. Sin embargo, en caso de prestar servicios, los trabajadores deberán percibir el doble de la remuneración correspondiente a ese día.

Los salarios al personal doméstico pueden ser mensuales o por hora, con o sin retiro y varían según la categoría. El aumento por trabajar el 3 de abril se ajustará al salario básico correspondiente a ese día o al doble de la remuneración por la cantidad de horas trabajadas durante esa jornada. Es decir, si una persona trabaja dos horas por día y cobra $100 cada una, el miércoles deberá percibir $400.

De esta manera, según el último cuadro salarial vigente desde marzo, para la categoría de “personal para tareas generales” (que realiza trabajos de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas, es decir, las llamadas tareas comunes del hogar), el sueldo por hora es de $89,50 para quienes no viven en el hogar, denominados con retiro, y $96 para los que viven en el hogar, llamados “sin retiro”. Mensualmente, el salario se encuentra en $11.046,50 y $12.283,50 respectivamente.

El ingreso para el “personal para tareas específicas” -cocineros y cocineras contratados en forma exclusiva- se ubica en $102 (con retiro) y $112 (sin retiro) por hora; en tanto se deberá abonar $12.590 (con retiro) y $14.014,50 (sin retiro) mensualmente.

En el caso de los supervisores (que coordinan y controlan las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo), el salario es de $108 por hora (con retiro) y $118 (sin retiro); mientras que mensualmente el sueldo es de $13.551,50 y $ 15.095. En tanto, los “caseros” que prestan tareas para el cuidado general y preservación de una vivienda, perciben $96 la hora y $12.283,50 al mes.

En tanto, para la categoría de “asistencia y cuidado de personas”, que comprende la atención no terapéutica para personas enfermas, con discapacidad, niños, adolescentes o adultos mayores- el sueldo es de $96 la hora y $12.283,50 al mes, con retiro. En el caso de que sea sin retiro, la remuneración se ubica en $108 por hora y $13.689 al mes.

Cabe destacar que el personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría quedará comprendido en la que desempeñe con mayor habitualidad. Además, se aplicará un adicional del 25% sobre los salarios mínimos establecidos para cada una de las categorías por zona desfavorable para el personal que preste servicios en La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el partido de Patagones (Provincia de Buenos Aires).

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