A más de una semana de su sanción, la Ley de Interrupción Voluntaria de Embarazo (IVE) aún no se publicó en el boletín oficial, como sí sucedió con las iniciativas sancionadas hasta entonces. Se suponía que su vigencia sería a partir de esta semana, pero aún no hay novedades. Cómo se planea su implementación.
El miércoles pasado, Argentina se alzaba con una ley histórica que, después de muchos años, pudo sortear los obstáculos y lograr la sanción. Ahora, lo ribetes vendrán con su aplicación, sobre todo en las provincias, donde más obstáculos existen. Sin embargo, ya van nueve días desde su sanción, pero aún no hay novedades sobre su vigencia.
El plazo máximo que tiene el Poder Ejecutivo para su para la vigencia es de 10 días hábiles, y el trabajo de reglamentación está delegado en las carteras conducidas por Elizabeth Gómez Alcorta (Mujeres, Igualdad, Géneros y Diversidad), Ginés González García (Salud), quienes trabajan con Vilma Ibarra (Secretaría Legal y Técnica), la pluma jurídica del proyecto.
Según trascendidos, Ibarra se reunió con el presidente horas después de la votación en el Senado, dijeron fuentes de la Casa Rosada a este medio. Y el ministerio de Salud ya realizó una compra para proveer a las provincias con misoprostol y cumplir con la ley. El diálogo con las provincias para coordinar la aplicación de la ley es permanente.
Dato
El Boletín Oficial de la República Argentina es el órgano de difusión a través del cual se publican las leyes sancionadas por el Congreso de la Nación y los actos emanados del Poder Ejecutivo.
La publicación de una norma en el Boletín Oficial de la República Argentina es un paso necesario y obligatorio para que la misma pueda entrar en vigencia.
Asimismo, es el medio por el cual ciudadanos y organismos cumplen con las responsabilidades jurídicas, que hacen a la transparencia de su accionar como tales.
El Código Civil y Comercial Argentino, en su artículo cinco, dispone: “Vigencia. Las leyes rigen después del octavo día de su publicación oficial, o desde el día que ellas determinen.”
El artículo citado distingue dos etapas diferentes en el proceso legislativo: la primera corresponde a la sanción y promulgación de leyes, y la segunda, a la publicación de las mismas. Una vez sancionada por el Poder Legislativo y promulgada por el Poder Ejecutivo, la nueva ley tiene existencia como tal, pero de conformidad al Código Civil, aún no tiene obligatoriedad de cumplimiento, sino a partir de la publicación en el diario oficial.
Voz oficial
La ministra de las Mujeres, Géneros y Diversidad habló sobre los desafíos que surgen con la promulgación de la ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo aprobada por el Congreso hace una semana, los obstáculos que pueden interponer detractores de la norma y cómo se planea la implementación.
A una semana de la histórica sanción de la Ley 27.610 de la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), la ministra de las Mujeres, Géneros y Diversidad, Elizabeth Gómez Alcorta, habló con minutouno.com, hizo un balance y repasó el camino recorrido para su conquista. Además, explicó como se implementará la norma en todo el país, cuestionó la posible judicialización de los sectores que la rechazan y contó cuáles son los desafíos en política de género para 2021.
De la Redacción AIM.