La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) habilitó desde este lunes el sistema de inscripción al Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP). Los empleadores que requieran la asistencia estatal para el pago de los salarios de septiembre deben registrarse con su clave fiscal en afip.gob.ar hasta el 2 de octubre, inclusive. De momento, no está informada la fecha en que Anses lo depositará en las cuentas de los trabajadores.
El Programa ATP forma parte de las distintas políticas contracíclicas implementadas para amortiguar el impacto económico de la pandemia del Covid-19.
En agosto más de 165.000 empresas lo solicitaron, frente a la crisis económica producto de la cuarentena por el coronavirus y así completaron los salarios de unos 1.760.000 trabajadores y trabajadoras.
De esta forma, según datos oficiales, el Estado argentino lleva invertidos cerca de $ 194.000 millones en el Programa ATP, desde que comenzó.
El Programa ATP prevé que aquellos empleadores con una variación nominal negativa en su facturación entre los meses agosto de 2020 y 2019 accedan al Salario Complementario.
Por su parte, las firmas que presenten una variación nominal positiva en su facturación de entre 0 por ciento y 40 por ciento podrán solicitar un Crédito a Tasa Subsidiada. La tasa de interés para las financiaciones será en todos los casos del 15 por ciento.
Nuevos sectores incluidos en el programa
El Gobierno declaró 15 nuevos sectores como críticos, la mayoría vinculados con el turismo, a través de la Decisión Administrativa 1760/2020 publicada hoy en el Boletín Oficial.
La norma adopta las recomendaciones del Acta 21 del Comité de Evaluación y Monitoreo del ATP, que destacó la necesidad de “ampliar la nómina de las actividades que se consideran afectadas en forma crítica” y recomendó que “la asistencia a estos sectores retorne a niveles similares a los de la primera ronda de la ATP”.
Esto significa que se incremente el actual piso de un salario mínimo, vital y móvil, equivalente a $ 16.875; a 1,25 SMVM, es decir, $ 21.093,75; para otorgar el beneficio de Salario Complementario.
Entre las quince actividades incorporadas ahora al alcance del programa ATP se cuentan los servicios para la aeronavegación; de hangares y estacionamiento de aeronaves; y complementarios para el transporte aéreo.
También, los alquileres de automóviles sin conductor; de vehículos automotores y de equipo de transporte, sin conductores ni operarios; y de equipos de transporte para vías acuática y aérea, sin operarios ni tripulación.
Por otro lado, se cuentan entre las actividades que pasarán a estar comprendidas en el ATP la elaboración de vinos; la fabricación de accesorios de vestir de cuero; la confección de prendas de vestir de cuero; la terminación y teñido de pieles y fabricación de artículos de piel; las ventas al por menor de prendas de cuero; artículos de talabartería y artículos regionales; y de marroquinería y paraguas.