De acuerdo a lo establecido en el decreto N° 1604/98, las industrias lácteas de Entre Ríos tienen plazo hasta el 31 de diciembre de 2017 para cumplimentar la inscripción de sus tambos remitentes en el Registro Provincial de Tambos de Entre Ríos (Repter 2017) de la Dirección General de Ganadería.
Esta obligatoriedad se extiende a aquellos establecimientos que elaboran su propia producción (tambos-queserías) y a aquellas industrias lácteas extraprovinciales que recepcionan leche de tambos entrerrianos.
Mediante resolución Nº 1.535/14 se fijó que el costo de la tasa sea igual al valor de 10 litros de leche, tomando como referencia el valor del precio promedio del litro de leche, correspondiente a los tres últimos meses del año anterior al de la inscripción propiamente dicha.
Los requisitos por parte de las industrias, que recibirán la documentación respectiva desde el Área de Lechería, es la remisión de una planilla donde se asentarán los datos requeridos de los tambos remitentes y se abonará una Tasa de Inscripción de 44,56 pesos por cada uno de ellos, mediante depósito y/o cheque en la cuenta N° 9.3312 del Nuevo Banco de Entre Ríos SA, a nombre del Fondo de Fomento a la Producción Lechera.
La tramitación completa consistente en planilla, fotocopia del depósito y/o cheque de pago de tasa que se remitirán al Área de Lechería de la Dirección General de Ganadería, 25 de Mayo N° 113, 1° piso C.P. (3100), Paraná. E-mail: arealecheria@entrerios.gov.ar
Es condición sine-quanon cumplimentar todos los requisitos reseñados, para considerar a los tambos inscriptos en el registro oficial.
El Registro de Tambos, más las encuestas solicitadas en distintas oportunidades, conjuntamente con la Estadística de Producción de Leche que lleva adelante el Área de Lechería, brinda herramientas para tener un acotado estado de situación de la Cadena Láctea provincial.
Con posterioridad al 31 de diciembre de 2017, se inspeccionarán los establecimientos lácteos, para corroborar dicha inscripción. Las sanciones por incumplimiento de esta obligatoriedad están previstas en el Decreto N° 1.799/92 M.E. O. y S.P.
A través de la página web de la Secretaria de Producción, en el apartado de la Dirección de Ganadería, sección Lechería se puede acceder a los formularios online.
Para mayor información dirigirse al Área de Lechería, de la Dirección General de Ganadería, sita en 25 de Mayo 113, 1° piso, CP 3100, Paraná. Tel-Fax 0340-4207957/4211530, E-mail arealecheria@entrerios.gov.ar. (APF)