En el marco de las políticas de modernización y mejora de los servicios a los contribuyentes y tras dos extensiones durante 2022, el próximo 31 de diciembre vence el plazo para solicitar los beneficios de exención en el impuesto a los ingresos brutos para el grupo de contribuyentes con actividades alcanzadas en el inc ñ) y del Artículo 197° del Código Fiscal (2022). Es decir, asociaciones civiles, artísticas y deportivas.
La gestión será únicamente digital.
Desde el área de impuestos, señalaron que, el pedido de renovación -como así de otorgamiento por primera vez- se deberán realizar únicamente vía web mediante los servicios de ATER con clave fiscal hasta la fecha estipulada.
Cabe señalar que los plazos fueron extendidos en dos oportunidades durante 2022, a través de las Res. 32/22 que fijó los plazos hasta el 30 de agosto pasado y finalmente la Res. 218/22 al 31 de diciembre próximo.
Para más información, se invita a los contribuyentes, profesionales y asesores impositivos a visitar nuestra Guía de Trámites en ater.gob.ar o comunicarse de forma gratuita a través de la línea del Servicio de Atención al Ciudadano (SAC), llamando al 0810-888-2837 de lunes a viernes de 8 a 13.