Se trata de las Resoluciones 6, 7, 8 y 9, todas de fecha 10 de enero de 2018, y disponen una serie de medidas que permiten la puesta en práctica de la reforma dispuesta por la Ley 10.557, facilitando los procesos para que sus contribuyentes y asesores impositivos puedan acceder ágilmente a través de su clave fiscal a los encuadres que establece el Código Fiscal y la Ley impositiva, con las modificaciones dispuestas. Asimismo se introducen adecuaciones en los sistemas de retención y percepción vigentes. Las nuevas normas estarán disponibles a partir del 11 de enero a través de la página web del organismo: www.ater.gov.ar, sección información fiscal/normativas.
Particularmente, se destaca que la ATER pondrá a disposición de los contribuyentes un reporte web– con acceso a través de clave fiscal- con información relativa al encuadre de los contribuyentes, y extenderá certificados de no retención/percepción a los que tenían exenciones vigentes en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, hasta tanto completen los trámites necesarios.
Contadores Matriculados
La normativa, también se remitió a través del Consejo de Ciencias Económicas a todos los contadores matriculados de la provincia, un instructivo que apunta a despejar inquietudes sobre la aplicación de las disposiciones de la Ley, principalmente en el plano operativo, y en lo referido a Ingresos Brutos y Ley 4035, atento que la ley ya rige desde el 1° de enero de 2018.
La Ley Provincial
La recientemente sancionada Ley N° 10.557, introduce modificaciones en el régimen tributario provincial, con vigencia a partir del 1° de enero de 2018. Dentro del marco establecido por el Consenso Fiscal, presenta un esquema de baja gradual y responsable de la presión tributaria provincial, destacando en ese proceso la buena conducta tributaria de los contribuyentes de determinados sectores, principalmente de escala micro, pequeños y medianos.
Asimismo, la nueva Ley introduce un modelo de progresividad fiscal aplicable a los sectores primario, industrial y comercio, de la mano de la históricamente pretendida armonización con las otras provincias integrantes de la Región Centro (esto es, cuando más pequeño es el contribuyente tributa proporcionalmente menos o está exento del impuesto). Concomitantemente, se insta a los municipios a adherir, estableciendo posibilidades concretas para que estos puedan imitar el proceso respecto de sus tasas.
Beneficio para Jubilados y Pensionados
No pagarán más el impuesto inmobiliario. Gozan desde el 1° de enero de 2018 de una exención total del impuesto inmobiliario en la Provincia de Entre Ríos. Es para quienes tienen única propiedad y hasta $17.000 de ingresos. Es imprescindible realizar un simple trámite de solicitud ante la ATER y se extiende por 2 años, renovables si cumple requisitos.
El costo fiscal de este beneficio para Jubilados y Pensionados se financia con lo recaudado por la ampliación de base tributaria en el mismo impuesto: equivale a los metros cuadrados incorporados en Concordia desde 2017 por 8 millones anuales, por cruces de bases catastrales entre Provincia y municipio.