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Cero IVA para alimentos: Incluyen a monotributistas y responsables inscriptos

El Gobierno explicó en los considerandos de la medida que tomó la decisión de ampliar la rebaja del IVA “por el contexto económico y social imperante” en el que se encuentra la Argentina por la crisis económica.

El Gobierno nacional incorporó a la rebaja a cero del Impuesto al Valor Agregado a los monotributistas y autónomos, por lo que beneficiará a kioscos y minimercados y a sus clientes.

Lo determinó el presidente Mauricio Macri a través del Decreto 603/2019 publicado este lunes en el Boletín Oficial con su firma, la de su jefe de Gabinete, Marcos Peña, y la del ministro de Hacienda, Hernán Lacunza.

La administración nacional decidió que se encuentren alcanzadas por una alícuota cero las ventas de los productos de la canasta básica alimentaria que realicen monotributistas y responsables inscriptos.

Esta medida será aplicada para quienes realicen venta al por menor en supermercados y minimercados (incluye mercaditos, autoservicios y establecimientos similares que vendan carnes, verduras y demás productos alimenticios en forma conjunta).

También beneficia a los kioscos, polirrubros y comercios no especializados; comercios no especializados, sin predominio de productos alimenticios y bebidas; y a aquellos que se dedican a la venta al por menor de productos lácteos.

Asimismo, beneficia a quienes realizan venta al por menor de productos de almacén y dietética; y comercializaición al por menor de huevos, carne de aves y productos de granja y de la caza; como así también frutas, legumbres y hortalizas frescas.

Por último, quedan excentos de pagar IVA quienes se dedican a vender pan y productos de panadería; productos alimenticios no clasificados previamente; alimentos, bebidas y tabaco en puestos móviles y mercados; entre otros.

El Gobierno explicó en los considerandos de la medida que tomó la decisión de ampliar la rebaja del IVA “por el contexto económico y social imperante” en el que se encuentra la Argentina por la crisis económica.

“Resulta conveniente su ampliación a los canales de comercialización o distribución mayorista o minorista, con el objeto de asegurar el acceso de toda la población a los beneficios del mismo”, agrega el texto del decreto.

Además dice que “una de las funciones primordiales del Estado es la de velar por una justa convivencia social y por el buen orden de la cosa pública en aras del interés general, es decir, de toda la comunidad”.

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