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Comienzan a distribuirse $150 millones entre acreedores Waigel: ¿cómo cobrar?

La Justicia autorizó una nueva distribución de fondos, que será de mayor cuantía que las anteriores. El síndico precisó las novedades que se implementaron para el pago a los acreedores. “El sistema será más sencillo”, aseguró.
La causa por la quiebra de Miguel Waigel y Cía. S.A. reunió una abultada suma de dinero, que comienza a ser distribuida entre los acreedores. Será la oportunidad en la que mayor dinero reciban quienes se vieron afectados por dicha empresa crespense. Al respecto, el síndico Valentín Cerini confirmó a FM Estación Plus que, este lunes, quedó firme el proyecto de distribución, con lo cual ya se dispuso la desafectación de los fondos reunidos, que estaban a plazo fijo. “Cada vez que ha ingresado dinero al proceso, por las subastas de bienes realizados, esos montos automáticamente se ponían a plazo fijo, para atenuar la desvalorización y a medida que van operando los vencimientos, quedan en la cuenta de la causa, disponibles para ser liberados en la modalidad de pago aprobada”, explicó.
“El sistema será más sencillo que en la distribución anterior”, confirmó el profesional y aclaró: “Los acreedores que ya denunciaron un CBU cuando se hizo la distribución de fondos anterior, no necesitan hacer absolutamente ningún trámite, porque los pagos saldrán directamente a esas cuentas. La Sindicatura carga en esas cuentas las órdenes de pago y el Juzgado las autoriza. Cada uno verá impactado el dinero que le corresponde en su cuenta bancaria. Sólo quienes aún nunca hayan suministrado sus datos para cobrar -porque había gente que había perdido el interés o aún no estaba bancarizada-, deberán denunciarlo a: quiebrawaigel@gmail.com, informando nombre completo y apellido, Cuil o Cuit y un CBU donde sea titular o cotitular de la cuenta bancaria. Será entonces un grupo más reducido el que deba hacer esta gestión, porque quien ya lo denunció no lo tiene que volver a hacer”.

Cada acreedor tiene un plazo de dos años para denunciar sus datos bancarios para que se le acredite el pago. “La ley establece en forma ordinaria, un año de plazo; pero dado el volumen de acreedores de esta causa en particular, el Juzgado autorizó en forma excepcional dos años, a partir de la puesta a disposición de los fondos”, confirmó Cerini.

A modo de recomendación, para que cada acreedor controle el impacto de la acreditación perteneciente a este expediente, el síndico aconsejó que sea “a partir de la segunda semana de mayo”. “Antes no se pueden cargar las órdenes de pago, porque es condición que haya dinero disponible en la cuenta del proceso y eso ocurre a medida que van venciendo los plazos fijo. Acorde a ello, será paulatino el avance de la acreditación a los acreedores quirografarios”, indicó.

Esta distribución presume una mayor satisfacción en la masa de acreedores, ya que “el monto es más significativo. En la primera distribución se pagó un 6%, después algo más del 15% y en esta oportunidad será el saldo del capital y una parte de los intereses. Sin dudas, que estamos hablando a valores pasados, actualizados a Tasa Activa de Banco Nación una vez y media. Se termina de cancelar el capital admitivo y una parte de los intereses, quedando el resto para distribuciones futuras. Por consiguiente, si bien algunos se habían desmotivado anteriormente, porque el dinero no era mucho, esta vez sí lo será, dependiendo del monto de la acreencia aprobada en cada caso”, explicó el contador.

Para los casos en que el acreedor haya fallecido, apuntó: “Tiene que haber un Juicio Sucesorio iniciado. Se informa al proceso de Quiebra el número de cuenta bancaria del Juicio Sucesorio y se dispone la transferencia a esa cuenta”, afirmó.

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