Este aumento se verá reflejado en los salarios de los empleados de febrero. Dando como resultado un salario básico para el rubro de $529.330,01.
El comunicado de FAECyS publicado este 15 de febrero comenta: “Por dicho acuerdo se incrementa la base de cálculo en un 11% remunerativo que se incorpora a las escalas básicas de febrero y sobre estas se da un aumento salarial de un 20% no remunerativo que se cobrara por los meses de febrero, marzo y abril 2024″.
Cómo queda la escala salarial de empleados de comercio
Dentro de los siguientes salarios se mostrará primero el salario básico + el no remunerativo. Dando como resultado final el monto total a percibir. En caso de tener dudas, podés consultar la calculadora de sueldos de los empleados de comercio en este link, donde si colocás la antigüedad, vas a conocer el monto que corresponde.
Maestranza
• Categoría A: $441.108,34 + $88.221,67 = $529.330,01
• Categoría B: $442.385,31 + $88.477,06 = $530.862,37
• Categoría C: $446.859,16 + $89.371,83 = $536.230,99
Administración
• Categoría A: $445.901,45 + $89.180,29 = $536.039,45
• Categoría B: $447.820,26 + $89.564,05 = $537.384,31
• Categoría C: $449.736,84 + $89.947,37 = $539.684,21
• Categoría D: $455.489,91 + $91.097,98 = $546.587,89
• Categoría E: $460.283,01 + $92.056,60 = $552.339,61
• Categoría F: $467.314,17 + $93.462,83 = $560.777,00
•
Cajeros
• Categoría A: $447.498,78 + $89.499,76 = $536.998,54
• Categoría B: $449.736,84 + $89.947,37 = $539.684,21
• Categoría C: $452.613,38 + $90.522.68 = $543.136,06
•
Personal Auxiliar
• Categoría B: $450.694,57 + $90.138,91 = $540.833,484
• Categoría B: $450.694.57 + $90.138,91 = $540.833,48
• Categoría C: $461.241,86 + $92.248,37 = $553.490,23
•
Auxiliar Especializado
• Categoría A: $451.335,28 + $90.267,06 = $541.602,34
• Categoría B: $457.087,23 + $91.417,45 = $548.504,68
Vendedor
• Categoría A: $447.498,78 + $89,499,76 = $536.998,54
• Categoría A: $447.498,78 + $89.499,76 = $536.998,542
• Categoría B: $457.088,35 + $91.417,67 = $548.506,021
• Categoría D: $467.314,17 + $93.462,83 = $560.777,00
Qué dice el acuerdo de empleados de comercio del “no remunerativo”
Según el acuerdo actual, los importes no remunerativos acordados deben considerarse para el cálculo de diversos conceptos adicionales y beneficios. Específicamente, estos montos no remunerativos serán tomados en cuenta al calcular el adicional por presentismo, la antigüedad y el título, de acuerdo con los términos establecidos en el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) 547/08.
Además, estos importes no remunerativos acordados deben considerarse en el cálculo del sueldo anual complementario, asegurando su inclusión en la remuneración anual del empleado.
Este mes el sindicato volverá a reunirse para conversar un nuevo aumento, bajo el trato que anunciaron de aumentar los sueldos de forma mensual, como lo vienen haciendo otros gremios. (Los Andes)