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Decretan medidas de asistencia para empresas, monotributistas y autónomos

El Estado abonará parte de los sueldos de empleados de empresas del sector privado en crisis a causa de la parálisis económica por el coronavirus. Además, se otorgarán créditos a tasa cero a monotributistas y autónomos. Los detalles

El Gobierno estableció hoy una serie de medidas de asistencia para empleadores y trabajadores de pymes, además del sector autónomo, en el marco del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP), en un paquete que incluye la reducción de aportes patronales y una asignación salarial aportada por el Estado, entre otros puntos.

A través del decreto 376/2020, ampliatorio del 332/2020, el presidente Alberto Fernández dispuso que el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP), derivado de la emergencia por la pandemia de coronavirus, abarcará la “postergación o reducción de hasta el 95% del pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino”.

Además, habrá un “Salario Complementario”, que consiste en la “asignación abonada por el Estado nacional para los trabajadores en relación de dependencia del sector privado”.

El monto de esa asignación será “equivalente al 50% del salario neto del trabajador correspondiente al mes de febrero de 2020, no pudiendo ser inferior a una suma equivalente a un salario mínimo, vital y móvil ni superar dos salarios mínimos, vitales y móviles, o al total del salario neto correspondiente a ese mes”, aclaró la normativa.

Por otro lado, se dispuso el “crédito a tasa cero para personas adheridas al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes y para trabajadores autónomos en las condiciones que establezcan la Jefatura de Gabinete y el Banco Central, en el marco de sus respectivas competencias, con subsidio del 100% del costo financiero total”.

Se trata de una financiación a “ser acreditada en la tarjeta de crédito del beneficiario en los términos que, para la implementación de la medida, establezca el Banco Central”, y el monto “no podrá exceder una cuarta parte del límite superior de ingresos brutos establecidos para cada categoría del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, con un límite máximo de $150.000, desembolsado en tres cuotas mensuales iguales y consecutivas“.

También se pone en marcha un “sistema integral de prestaciones por desempleo” que van de un “mínimo de $ 6.000 a un máximo de $ 10.000”.

El decreto establece también que este paquete de medidas podrá extenderse “hasta el 30 de junio, inclusive”, aunque “para las actividades, empresas y trabajadores independientes que siguieran afectados por las medidas de distanciamiento social, aun cuando el aislamiento social preventivo y obligatorio haya concluido, los beneficios podrán extenderse hasta el mes de octubre de 2020 inclusive”.

Más de 420.000 empleadores privados se habían registrado en el sitio web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para acceder al Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP).

Detalles del decreto
-Modificación del artículo 2 del Decreto 332/2020 y derogación del artículo 9 de dicho decreto.

-Salario complementario para todos los trabajadores bajo dependencia del sector privado.

-Créditos a tasa cero para monotributistas y autónomos con garantía del Estado Nacional que se hará cargo de los intereses

-Se mantiene la reducción de aportes patronales.

– El seguro de desempleo será de $ 6000 a $ 10000

– El Estado Nacional se hará cargo del 100% del Costo Financiero Total del préstamo a tasa 0%

– Todo pasará a ser salario complementario hasta el 50% del salario neto no pudiendo ser inferior a un salario vital y móvil. No podrá superar dos salarios vital y móvil.

– Quienes se inscribieron hasta el viernes en los REPRO se van a reconvertir a este sistema.

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