Desde el Colegio de la Abogacía de Entre Ríos resaltaron que, como es público y notorio conocimiento, el proceso a la procuradora adjunta Cecilia Goyeneche fue altamente cuestionado por distintos sectores, y es por ello que resulta esperable e institucionalmente necesario que sus integrantes hayan votado con libertad y de acuerdo a sus principios, creencias y a la libre interpretación de los hechos que se juzgaron. Si así no lo hubiesen hecho quedará en su conciencia el haber obrado en contra del juramento prestado.
Así como se debe respetar el proceso, también se deben garantizar todos los mecanismos de legítima defensa y las instancias de apelación de los fallos ante otros estamentos del orden jurídico argentino, solo de esa manera aspiraremos a lograr un mejor funcionamiento democrático con los contrapesos y controles de cada espacio de poder.
Al inicio del proceso, desde el CAER remarcamos que se debía promover “el respeto a las instituciones creadas constitucionalmente, la independencia de los poderes del Estado y la libertad de actuación de los órganos constitucionales”.
Con la sentencia conocida en el Jurado de Enjuiciamiento a la procuradora adjunta Cecilia Goyeneche, volvemos a manifestar que se deben respetar los procesos constitucionales y cuando así no suceda, la sociedad argentina debe saber que este Colegio permanecerá atento e institucionalmente organizado. No cederemos a presiones de ningún tipo ni nos alejaremos de los principios que nos han mantenido por décadas, con las manos libres y la voz fuerte para contribuir al regular funcionamiento de las instituciones de la República -y en su caso- para continuar denunciando los desvíos del buen funcionamiento de los poderes del Estado a fin de afianzar el valor Justicia y los derechos constitucionales de todos y todas.
Quienes ejercen la abogacía son parte indispensable para la administración de Justicia en el Estado Constitucional de Derecho. La Abogacía es una profesión libre e independiente, que presta un servicio a la sociedad en interés público y se ejerce en régimen de libertad, en defensa de derechos e intereses públicos o privados, en orden a la paz social, a la efectividad de los derechos, libertades fundamentales y a la justicia. Son principios rectores y valores superiores del ejercicio de la abogacía los de independencia, libertad, dignidad e integridad. En este sentido, desde el CAER destacamos la participación de los y las profesionales que intervinieron en las dos composiciones del Jurado de Enjuiciamiento que participaron en este caso.
Sin perjuicio de ello sabemos que el caso no resultará satisfactorio para unos u otros, y seguramente transitará por las vías recursivas de rigor, pero justamente es dicha circunstancia la que garantiza la efectiva tutela jurisdiccional por la debemos bregar, entendemos que atento los intereses en juego, debe ser el máximo tribunal de la Nación quien resuelva en forma definitiva la cuestión en análisis.
Así como valoramos al Jurado de Enjuiciamiento como órgano vital en el funcionamiento democrático, advertimos a los estamentos políticos, tal como lo hemos hecho en varias oportunidades, que Entre Ríos debe reglamentar de manera urgente todos los organismos propuestos en la reforma Constitucional del año 2008, para adaptarlos a los tiempos que corren.