seguinforma
Destacadas Interes General

El EPRE modifica el cálculo tarifario eléctrico y limita la tasa de alumbrado en Entre Ríos

A partir del 1° de enero de 2026, la contribución municipal se integrará al costo de distribución y no figurará de forma discriminada en las facturas, supo APFDigital. Además, se fijó un tope del 13% para la percepción de la tasa de alumbrado público.

El Ente Provincial Regulador de la Energía (EPRE) dictó la Resolución Nº 236/25, que fue publicada en el Boletín Oficial Nº28.234, mediante la cual aprueba el texto ordenado del procedimiento para la determinación del cuadro tarifario en la provincia.

La medida responde a lo dispuesto por el Poder Ejecutivo Provincial a través del Decreto N° 3578 GOB, que introduce cambios significativos en la estructura de costos de las distribuidoras y en la facturación a los usuarios finales.

Integración de costos municipales

Uno de los cambios centrales de la resolución establece que la contribución que las distribuidoras abonan a los municipios pasará a formar parte del Valor Agregado de Distribución (VAD). Según el texto oficial, se instruye al ente a realizar la “incorporación a la parte correspondiente del Valor Agregado de Distribución, de la Contribución Única que deben abonar las Distribuidoras a los Municipios y Comunas”.

De acuerdo a la modificación del artículo 24º de los contratos de concesión citada en la norma, la alícuota en sustitución de tributos municipales será del seis por ciento (6%). La resolución aclara que, bajo este nuevo esquema, dicho concepto “no debiendo incluirse más ésta Contribución en forma discriminada en las facturas, por cualquier circunstancia, inclusive los intereses por mora”.

Límites a la Tasa de Alumbrado

Respecto a la tasa de alumbrado público que los municipios perciben a través de la boleta de luz, la normativa ratifica que las concesionarias (Enersa y cooperativas) actuarán como agentes de percepción, pero bajo un nuevo tope. El texto señala que se ajustará “el límite de la alícuota a un trece por ciento (13%) con vigencia para todas las facturaciones que emitan las concesionarias a partir del 1° de enero de 2026”.

Asimismo, se confirmó que “se mantiene la excepción de la expresada percepción (…) para los usuarios calificados como industriales”, manteniendo la línea de normativas previas.

Implementación y vigencia

La resolución, firmada por el Interventor del EPRE, Dr. Marcos Rodríguez Allende, dispone en su Artículo 1° modificar y aprobar el “Anexo IV ‘Procedimiento para la Determinación el Cuadro Tarifario’ del contrato de concesión de la empresa Energía de Entre Ríos S.A -ENERSA-” y de las restantes Distribuidoras Cooperativas.

Finalmente, la norma deroga a partir del 1° de enero de 2026 la Resolución EPRE N° 159/97, que anteriormente regulaba la base de cálculo de estos recargos, a fin de dar cumplimiento al nuevo ordenamiento tarifario instruido por el Gobierno Provincial. (APFDigital)

Artículos relacionados

Se perdieron unos mil empleos industriales en 2018, asegura la UIER

Redaccion

WhatsApp agregó la función de huella dactilar para proteger conversaciones

Redaccion

Comienza el cronograma de becas provinciales

Redaccion