Bajo la resolución 69/2020, el Ministerio de Desarrollo Productivo aprobó los límites de categorización según ventas totales anuales, personal ocupado y activos expresados en pesos que deberán tener las Micro, Pequeña y Mediana Empresas, y se dividen en las categorías Comercio, Industria y Minería, Construcción, Servicios y Agro.
Comercio: una micro empresa es la que factura hasta $36.320.000; pequeña hasta $247.200.000; mediana tramo 1 hasta $1.821.760.000; y mediana tramo 2 hasta $2.602.540.000 de facturación anual.
Industria y Minería: una micro empresa factura hasta $33.920.000; pequeña es hasta $243.290.000; mediana tramo 1 hasta $1.651.750.000; y mediana tramo 2 hasta $2.540.380.000 de facturación anual.
Construcción: una micro empresa factura hasta $19.450.000; pequeña es hasta $115.370.000; mediana tramo 1 hasta $643.710.000; y mediana tramo 2 hasta $965.460.000 de facturación anual.
Servicios: una micro empresa factura hasta $9.900.000 al año; pequeña es hasta $59.70.000; mediana tramo 1 hasta $494.200.000; y mediana tramo 2 hasta $705.790.000 de facturación anual.
Agropecuario: una micro empresa factura hasta $17.260.000 al año, pequeña es hasta $71.960.000; mediana tramo 1 hasta $426.720.000; y mediana tramo 2 hasta $676.810.000 de facturación anual.