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Energía habilita nuevos cuadros tarifarios mayoristas en electricidad y gas

Los entes reguladores son los encargados de estimar los impactos en las boletas.

El Gobierno nacional actualizó los precios de referencia para los mercados mayoristas de electricidad y gas natural, cambios que se reflejarán en las boletas de los usuarios residenciales a partir de julio de 2025.

Las medidas se formalizaron a través de tres resoluciones de la Secretaría de Energía publicadas hoy en el Boletín Oficial.

La Resolución 280/2025 ajustó 1% la remuneración de la energía eléctrica no contractualizada

Adicionalmente, se estableció un nuevo Precio Spot máximo en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) de $ 13.433/MWh el cual entra en vigencia mañana.

La cartera de Energía recordó que este sistema de remuneración es de aplicación excepcional y provisoria “hasta tanto se definan e implementen gradualmente los mecanismos regulatorios orientados a lograr un funcionamiento autónomo, competitivo y sustentable que permita la libre contratación entre la oferta y demanda.

Por su parte, la Resolución 281/2025 detalló la aplicación de los Precios de Referencia de la Potencia (POTREF) y el Precio Estabilizado de la Energía (PEE) para los Agentes Distribuidores del MEM y el Mercado Eléctrico Mayorista del Sistema Tierra del Fuego (MEMSTDF) para el período comprendido entre el 1° de julio y el 31 de octubre de 2025.

En cuanto al gas natural, la Resolución 282/2025 determinó una reducción 0,74% en el precio del gas en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST), tomando como referencia el valor vigente de la Resolución N° 228/25.

Este precio del PIST se trasladará a los usuarios finales para los consumos realizados a partir de julio de 2025, una vez que el ENARGAS publique los nuevos cuadros tarifarios.

La normativa recordó que el Estado Nacional puede hacerse cargo de una porción del precio del gas en el PIST “a efectos de administrar el impacto del costo del gas natural a ser trasladado a los usuarios”.

La política de mantener “subsidios generalizados y crecientes en el tiempo” fue declarada “incompatible con la situación financiera por la que atraviesan las cuentas públicas”.

La reestructuración de subsidios a la energía, establecida por el Decreto N° 465/2024, inició un “Período de Transición hacia Subsidios Energéticos Focalizados”, cuya vigencia fue prorrogada hasta el 9 de julio de 2026.

En este marco de segmentación, el precio del gas en el PIST se diferencia según los niveles de ingresos de los usuarios: Nivel 1 (Mayores Ingresos), Nivel 2 (Menores Ingresos) y Nivel 3 (Ingresos Medios).

Los usuarios del Nivel 1 “pagarán el costo pleno del servicio público de gas natural por red contenido en la factura”, mientras que para los Niveles 2 y 3 se aplicarán bonificaciones sobre un “consumo base” al valor asignado a los usuarios de Nivel 1.

El ENARGAS, organismo descentralizado, recibió la instrucción de “disponer las medidas necesarias a fin de que las facturas que emitan las prestadoras del servicio público de distribución y subdistribución de gas por redes reflejen el precio de gas natural en el PIST y, en los casos que corresponda, las bonificaciones”.

Adicionalmente, las tarifas correspondientes al transporte y distribución de gas natural deberán ser incrementadas conforme a las “revisiones tarifarias quinquenales” que lleva adelante el ENARGAS.

Estas actualizaciones se produjeron en el marco de la emergencia del Sector Energético Nacional, declarada inicialmente por el Decreto N° 55/2023 y prorrogada hasta el 9 de julio de 2026.

La Secretaría de Energía había recibido la instrucción de “elaborar, poner en vigencia e implementar un programa de acciones necesarias e indispensables” para establecer precios en condiciones de competencia y cubrir las necesidades de inversión del sector.

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