Con la promulgación y publicación de la Ley 11032, Entre Ríos dio el último paso para que se ponga en marcha Programa Provincial de Acompañamiento Integral a Familiares de Pacientes Menores Oncológicos Crónicos (Aifpmoc)”, llamado la Ley Felipe, confirmó AIM.
La norma publicada en el Boletín Oficial del 19 de noviembre determina que el programa “tiene por finalidad promover medidas de acción positivas tendientes al acompañamiento de los familiares de pacientes menores de 18 años que padezcan enfermedades oncológicas crónicas”.
En ese marco, el Aifpmoc “está destinado a pacientes menores de 18 años que se encuentren bajo tratamiento oncológico y deban someterse al mismo en la provincia de Entre Ríos o fuera de ella, comprendiendo además a la persona mayor que esté a cargo como ser padre, madre, tutor o encargado”.
El objetivo es “garantizar el traslado del familiar o acompañante del paciente menor, desde el lugar de residencia hacia el lugar en que se llevará a cabo el tratamiento, como así también garantizar el efectivo traslado desde el centro de salud hasta el lugar de estadía y viceversa, mientras dure dicho tratamiento y proveer un lugar digno para la estadía del familiar o acompañante del paciente menor, preservando su salud, las condiciones de higiene y salubridad, además de su debida alimentación”.
Para aquellos casos en que el tratamiento conlleve períodos de pernocte fuera del centro de salud, el paciente menor y su familiar tienen derecho “a contar con un lugar adecuado y seguro para su estadía, preservando así su salud física, psíquica, las condiciones de higiene y salubridad, como así también su debida alimentación”.
Para aquellos casos en que el tratamiento del paciente menor conlleve un lapso de ausencia de su residencia de más de 20 días, y con el fin de preservar los vínculos afectivos, el programa “prevé el traslado y estadía de personas que compongan su núcleo afectivo más cercado por un lapso de 48 horas, determinándose un máximo de cuatro personas por mes que dure el tratamiento”.
¿Quiénes podrán acceder?
Para poder usar el Aifpmoc “las familias deben tener residencia efectiva e ininterrumpida de dos años en la provincia; ingresos del grupo familiar que no superen los tres salarios mínimo vital y móvil; que el destinatario del tratamiento sea menor de edad sea menor de 18 años y que el mismo deba ser realizado fuera del lugar de su efectiva residencia.