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Establecieron por decreto el calendario de feriados para 2020: Los detalles

Habrá tres días no laborables que en todos los casos servirán para para conformar fines de semana de cuatro jornadas. La medida fue comunicada a través del Decreto 717/2019, publicado este viernes en el Boletín Oficial.

El Gobierno anunció que serán tres los feriados “destinados a promover la actividad turística” en el 2020: el lunes 23 de marzo, el viernes 10 de julio y el lunes 7 de diciembre. En todos los casos funcionarán como “no laborables” para conformar fines de semana de cuatro días. La medida fue comunicada a través del Decreto 717/2019, publicado este viernes en el Boletín Oficial.

Calendario de feriados 2020:

1 de enero: Año Nuevo

24 de febrero: Carnaval

25 de febrero: Carnaval

23 de marzo: Día no laborable (Lunes)

24 de marzo: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia

2 de abril: Día del Veterano, y de los Caídos en la Guerra de Malvinas

10 de abril: Viernes Santo

1 de mayo: Día del Trabajador

25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo

17 de junio: Día del Paso a la Inmortalidad del General Martín de Güemes

20 de junio: Día del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano

9 de julio: Día de la Independencia

10 de julio: Día no laborable (Viernes)

17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín

12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural

18 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional

7 de diciembre: Día no laborable (Lunes)

8 de diciembre: Inmaculada Concepción de María

25 de diciembre: Navidad

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