El Gobierno incluyó el proyecto de ley en las sesiones extraordinarias del Congreso y quiere aprobarlo en el Senado antes de fin de año. Las principales modificaciones al régimen laboral actual.
El gobierno de La Libertad Avanza se prepara para avanzar con una ambiciosa reforma de la legislación laboral en el Congreso de la Nación, cuyos ejes serán modificaciones en el cálculo de indemnizaciones, la partición de vacaciones a lo largo del año, la posibilidad de pagar salario en especies, un nuevo régimen de horas extra, la flexibilización para contratar y despedir personal y el límite al derecho a huelga.
Con el proyecto de ley de modernización laboral presentado este martes, el Gobierno apuesta a obtener media sanción en el Senado antes del fin de año. El proyecto prevé eliminar de la legislación actual términos como “justicia social”, un concepto al que el Presidente calificó alguna vez como “aberrante”.
Todos los cambios que se habiliten en caso de ser sancionada la ley no serán de aplicación retroactiva, aunque aún es un eje de debate sin resolver a quiénes impactaría la normativa.
Estos son algunos de los puntos principales:
Indemnizaciones
Se prevé una reducción del cálculo indemnizatorio porque se excluyen del conteo final el aguinaldo, las vacaciones, los premios y todo lo que no integre el salario normal. Además, no se toma más el salario más alto como referencia, sino un promedio, en el caso de aquellos sueldos que tengan ítems adicionales. No se establece un tope y se habilita el pago en cuotas.
Además, se busca dar certeza en los juicios laborales y se establece un criterio de actualización atado al Índice de Precios al Consumidor (IPC), más un 3% anual.
Se crea un Fondo de Asistencia Laboral (FAL) con el 3% del aporte obligatorio de los empleadores. Ese monto, que dejará de percibir el Estado, será administrado por la Comisión Nacional de Valores bajo la tutela de los ministerios de Economía y Capital Humano. Una suerte de AFJP de 2026, según los críticos de la iniciativa.
Salarios
Se podrán pagar en pesos o moneda extranjera, pero también en alimentos, especie o viviendas. Actualmente, solo se puede abonar en pesos y se habilita hasta un 20% de la remuneración en especie.
Jornada laboral
Se habilita la creación mediante convenio colectivo de un banco de horas para organizar la jornada laboral y reemplazar el régimen de horas extra. Según los trascendidos del proyecto, el trabajador podría sumar más horas en días de alta carga laboral y luego compensarlas con francos adicionales o jornadas más cortas en momentos de baja demanda, pero se terminaría el pago adicional con el 50% o 100% de recargo a las horas extra. Además, en la iniciativa figura la posibilidad de ampliar la jornada laboral diaria de 8 a 12 horas.
Se prevé la creación de una figura nueva: contratos a tiempo parcial. Es decir, con menos carga horaria que la que establece la jornada laboral legal, de ocho horas diarias, o 48 semanales.
Vacaciones
El texto que empuja el Gobierno permitiría el fraccionamiento de las vacaciones. En el caso de que el empleador imponga las fechas del descanso, deberá informarlo con 45 días de antelación. En este ítem no habrá inconvenientes con los gremios.
Derecho a huelga
Se amplía la cantidad de actividades consideradas esenciales. Es decir, las actividades que deberán garantizar de manera obligatoria un funcionamiento de entre el 50 y el 75 % en caso de estar en conflicto.
Cuando Milei intentó avanzar con esta medida mediante un decreto, su decisión fue objetada en la Justicia y se frenó por un amparo de la CGT. Hay abogados laboralistas que consideran que afectan el ejercicio del derecho a la huelga y que sería “inconstitucional” porque violaría el artículo 14 bis de la Constitución Nacional.
Ultraactividad de los convenios colectivos
Se busca eliminar el concepto de ultraactividad para allanar el camino a que prevalezcan los acuerdos por empresa por sobre los que pacte el gremio principal de la actividad, como sucede en la actualidad. Se establece que los convenios colectivos de ámbito mayor no podrán modificar ni disponer el contenido de los convenios de ámbito menor. Este cambio se había intentado incorporar de manera idéntica en 2000, con la denominada “Ley Banelco”.
La negociación colectiva por empresa se da hoy en la práctica en muchísimas grandes compañías, pero siempre bajo la tutela del sindicato principal de la actividad.
Cuota de afiliación sindical
Se busca en la iniciativa que las empresas no tengan la obligatoriedad de hacer de agentes de retención de la cuota sindical. Hoy, por ley, lo deben hacer, en caso de que el empleado quisiera realizar su aporte al sindicato de la actividad.
En el proyecto se habla de una “conformidad expresa y de un acuerdo entre las partes”, pero no se precisa quiénes deberían ser, si el trabajador con su empleador o la empresa con el gremio.
Cuota solidaria
Se pretende la eliminación de la denominada cuota solidaria, que es la contribución que hace el empleado que no está afiliado al sindicato por la actividad gremial. Hoy se pacta a través del convenio colectivo, con el acuerdo entre las cámaras empresarias y el sindicato principal de la actividad, y la homologación de la Secretaría de Trabajo. Es uno de los puntos más objetados por los gremios porque afecta directamente a su esquema de recaudación.
Trabajo de plataforma
La iniciativa crea la figura de “repartidor independiente” y habilita la “libertad de formas de contrato”. La iniciativa considera que no se trata de una relación laboral sino de un contrato de servicio independiente. Le otorga legitimidad al trabajo informal.
(Fuente: La Nación)


