El juez Civil y Comercial Nº 9, Ángel Moia, resolvió una medida cautelar a favor de los trabajadores judiciales para dejar sin efecto los artículos de la Ley de Emergencia que impedían el enganche de la actualizaciones de haberes que fija la Corte Suprema de la Nación. La Provincia apeló esta medida y apuntó que el restablecimiento del enganche sólo regía para los demandantes. El Superior Tribunal ahora ordena que los haberes de enero se liquiden sin los descuentos. La Corte en 2020 otorgó dos aumentos del 10 por ciento, en octubre y diciembre.
La noticia que se deja sin efecto el desenganche de la Ley de Emergencia se conoció a través de un críptico comunicado dl Superior Tribunal de Justicia en Feria donde informa que presidido por el vocal Bernardo Ignacio Salduna e integrado por los vocales en feria Manuel Marfil y Marcelo Baridón, ante comunicación efectuada por la Fiscalía de Estado de la provincia de Entre Ríos, resolvió ordenar a la Contaduría General del Poder Judicial, en el marco de sus incumbencias y alcances, el cumplimiento inmediato y efectivo de la medida cautelar dispuesta en autos “Asociación Judicial De Er (Ajer) C/Superior Gobierno De Entre Ríos-Accion De Inconstitucionalidad” por el juez a cargo del Juzgado de 1º Instancia Civil y Comercial Nº 9 de Paraná, Ángel Moia.
La medida ordena la suspensión de lo dispuesto en los arts. 4º, 6º y 10º de la Ley 10.806, respecto de los haberes del personal del Poder Judicial de Entre Ríos. (esto es, no aplicación en nuestra provincia de incrementos dispuestos por la Corte Suprema de Justicia para el Poder Judicial de la Nación).
Es decir que la Contaduría del Poder Judicial de Entre Ríos, debe efectuar la liquidación de haberes correspondiente a enero del 2021, en forma integral, sin los descuentos ni limitaciones contemplados en la norma referida.
En cuanto la acción judicial, ha sido promovida por Asociación Judicial de Entre Ríos (Ajer) que nuclea solamente a empleados, la medida dispuesta en cumplimiento de la orden judicial, no abarca a magistrados y funcionarios de la Justicia entrerriana.
Y atento la tramitación de un recurso interpuesto por Fiscalía de Estado, reviste carácter provisorio, hasta la resolución definitiva del mismo, se aclaró. AIM