La ministra de Gobierno y Justicia, Rosario Romero, celebró esta normativa y manifestó:”Es una excelente decisión que el Estado pueda recuperar bienes provenientes del delito de trata, para hacer prevención y atender a las víctimas”.
En la Ley, aprobada el pasado 26 de junio con 183 votos positivos, uno negativo y ninguna abstención, establece la creación de un fideicomiso público para la administración de los bienes muebles e inmuebles provenientes del delito de trata y explotación de personas, los cuales serán destinados a la asistencia de las víctimas.
El Fondo se conformará con los bienes decomisados por sentencia firme; en tanto, cuando no haya sentencia, por aquellos bienes autorizados por el juez competente en forma anticipada. De esta manera, se garantizará que la víctima no tenga que afrontar una acción legal civil que la posicione en una situación de revictimización.
Asimismo, la Ley contempla que, al momento de la sentencia, se ordenen los resarcimientos económicos correspondientes como una herramienta de reparación por el daño que han sufrido quienes fueron recuperados de la explotación.
La coordinadora del Consejo Provincial de Prevención, Protección y Asistencia a Víctimas y Testigos de Trata y Tráfico de Personas -dependiente del Ministerio de Gobierno y Justicia de Entre Ríos-, Silvina Calveyra, explicó que: “tanto el dinero en efectivo como el procedente de la venta de los bienes decomisados en los procesos judiciales por trata y lavado de activos que devienen de estos delitos serán destinados a restituir los derechos de las víctimas”.
La aprobación de esta Ley “es un avance en la generación de políticas públicas vinculadas a garantizar derechos humanos fundamentales a víctimas del delito de trata de personas, que son vulneradas psíquica y físicamente, privadas de su libertad y de su dignidad, sometidas a malos tratos y condiciones de vida infrahumanas”, destacó Calveyra.
Según la Norma aprobada, el Fondo tendrá una duración de 30 años, en tanto, los bienes que lo integren no se computarán para el cálculo de los recursos del Presupuesto Nacional y tendrán carácter presupuestario.
Otro de los puntos a considerar es que el Poder Ejecutivo implementará un sitio de consulta pública y gratuita en Internet, a fin de dar a conocer los bienes que ingresen al Fondo.
Es de destacar que la existencia de un fondo de asistencia ya estaba previsto en el Artículo 27 de la Ley N°26.364 y su modificatoria Nº26.842, de Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas -promulgada en el año 2008-, aunque hasta el momento no había sido instrumentado; y que el Consejo Federal para la Lucha contra la Trata de Personas, impulsó la creación y el tratamiento del proyecto que buscaba hacer realidad esa materia pendiente.