Los contribuyentes podrán solicitar el beneficio para regularizar obligaciones tributarias, aduaneras y de seguridad social vencidas al 31 de agosto.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó la condonación de deudas prevista en la Ley de alivio fiscal. Los contribuyentes podrán solicitar este beneficio para regularizar obligaciones tributarias, aduaneras y de seguridad social vencidas al 31 de agosto.
El perdón fiscal incluye los intereses resarcitorios, punitorios, multas y sanciones.
La condonación de deudas forma parte de las medidas que dispuso el Gobierno para acompañar a los y las contribuyentes en el proceso de recuperación económica. La ley de alivio fiscal incluye además la moratoria para obligaciones vencidas al 31 de agosto y un mecanismo para rehabilitar planes de pago caducos, ambos ya vigentes.
Asimismo incorpora beneficios para contribuyentes cumplidores y la implementación de procedimientos para facilitar el cumplimiento de las obligaciones resultantes de los procesos de fiscalización.
¿Quiénes pueden solicitar el beneficio?
- Entidades y organizaciones sin fines de lucro
- Clubes de barrio
- Cooperativas de trabajo y escolares
- Bibliotecas populares
- Organizaciones comunitarias.
También abarca deudas por hasta $100.000 de:
- Monotributistas y otros pequeños contribuyentes
- Micro y pequeñas empresas que cuentan con el Certificado MiPME
Requisitos para pedir la condonación de deudas a AFIP
- Inscripción en los respectivos registros para las cooperativas de trabajo y escolares, bibliotecas populares, clubes de barrio, asociaciones de pueblos originarios, bomberos voluntarios y fomento rural.
- Certificado MiPyME para las micro y pequeñas empresas.
- Domicilio Fiscal Electrónico, registrado y confirmado.
- Declaraciones juradas presentadas desde enero de 2016.
- Tener actualizado el código de la actividad desarrollada de acuerdo con el Clasificador de Actividades Económicas (CLAE)
- Los pequeños contribuyentes deben registrar inscripción en los impuestos a las ganancias, bienes personales o en el régimen de monotributo.
¿Cómo solicitar la condonación de deudas de la AFIP?
Los contribuyentes podrán realizar la solicitud hasta el 2 de marzo de 2022 a través de la página web de la AFIP, dentro del servicio “Condonación de deudas – Título I – Ley 27.653” con clave fiscal nivel de seguridad 3.