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Publicaron en el Boletín Oficial la puesta en marcha del seguro de Cese Laboral que reemplazará las indemnizaciones

El gobierno reglamentó el seguro de Cese Laboral, un mecanismo que reemplaza a las actuales indemnizaciones por despido según la Ley de Contrato de Trabajo. La Resolución Sintetizada 347/2025 de la Superintendencia de Seguros de la Nación, sostiene que “se trata de un régimen alternativo acordado en el marco de las Convenciones Colectivas de Trabajo, que otorga a empleadores y trabajadores la posibilidad de sustituir la mencionada indemnización por antigüedad”.

A través de la publicación en el Boletín Oficial, el Gobierno Nacional puso en funcionamiento el seguro de Cese Laboral, un mecanismo que busca reemplazar a las actuales indemnizaciones por despido, impulsado en la denominada Ley Bases.

Se trata de la Resolución Sintetizada 347/2025 de la Superintendencia de Seguros de la Nación, que sostiene que “se trata de un régimen alternativo acordado en el marco de las Convenciones Colectivas de Trabajo, que otorga a empleadores y trabajadores la posibilidad de sustituir la mencionada indemnización por antigüedad, como así también cualquier otro rubro indemnizatorio cuyo cálculo tome como parámetro a la referida indemnización”.

“El desarrollo de este tipo de coberturas constituye una herramienta estratégica para promover la formalización del empleo, dotar de mayor previsibilidad financiera frente a eventuales desvinculaciones laborales, y fortalecer al mercado asegurador como canalizador del ahorro interno y dinamizador del desarrollo económico nacional”, agregó el documento, suscripto por el superintendente Guillermo Pilate.

Desde la Asociación de Aseguradoras de Vida y Retiro de República Argentina (AVIRA) detallaron que Fondo de Cese Laboral funcionará como un mecanismo de adhesión voluntaria, que reemplaza a la indemnización por antigüedad al fin de la relación contractual de trabajo, “facilitando su resolución de manera sencilla precisa y clara para las partes, al disponibilizar los fondos para efectuar el pago”.

El empleador, a través de aportes periódicos que destinará a cuentas especiales a nombre de cada empleado participante, constituirá en la compañía de seguros de vida o de retiro un saldo que se utilizará como indemnización en caso de despido, explicaron.

Por su parte, el empleado podrá ahorrar de forma voluntaria en una cuenta individual de la que tendrá libre disponibilidad.

Además, existirá una cartera de inversiones habilitada para que la aseguradora coloque esos fondos a fin de aumentar su rendimiento. Se destacó que el fondo es inembargable.

Mientras que la cuenta individual será de libre acceso para el empleado, lo depositado en la cuenta especial solo puede retirarse en el supuesto de la desvinculación por alguna de las causales explicitadas en la póliza y en el porcentaje correspondiente.

La reglamentación también sostiene que los fondos ahorrados en este tipo de instrumento pueden contar con una rentabilidad mínima garantizada y el Seguro de Fondo de Cese puede incluir cobertura de riesgos, como por ejemplo de vida.

El Decreto Nº 847 de fecha 25 de septiembre de 2024 reglamentó el citado Sistema de Cese Laboral, estableciendo que se trata de un régimen alternativo acordado en el marco de las Convenciones Colectivas de Trabajo, que otorga a empleadores y trabajadores la posibilidad de sustituir la mencionada indemnización por antigüedad, como así también cualquier otro rubro indemnizatorio cuyo cálculo tome como parámetro a la referida indemnización. (APFDigital)

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