“El monto total de intereses a bonificar por parte de la Provincial cubrirá el 66% del total de la facturada considerada, aplicable un tercio a 30 días y el tercio restante a 60 días, debiendo el usuario abonar el 34% al momento de adherirse a la financiación”, dice el texto del decreto Nº 1.068, emitido el 14 de este mes por el Poder Ejecutivo.
Al fundamentar la decisión, el Gobierno señaló en el texto legal que “resulta fundamental el sostenimiento de la actividad comercial y productiva que genera empleo en la Provincia de Entre Ríos y que contribuye al desarrollo económico de la misma, siendo necesario el apoyo a dicho sector –en especial de pequeñas y medianas empresas- poniendo a disposición de las mismas herramientas de acceso a financiamiento ante las Distribuidoras Eléctricas de la Provincia, que les permita abonar gastos corrientes como es la factura de energía eléctrica, evitando de esta manera un aumento significativo en su estructura de costos”.
En ese marco, dispuso, la Provincia “bonificará la tasa de interés –según tasa activa del Banco Nación Argentina- que las Distribuidoras Eléctricas de la Provincia apliquen al financiamiento en tres cuotas mensuales y consecutivas de la factura de energía eléctrica cuyo primer vencimiento opere durante el mes de mayo de 2024 o con vencimiento en abril de 2024, vencida e impaga, a favor de usuarios” pymes.
El decreto establece que las Distribuidoras Eléctricas de la Provincia “deberán informar al cierre del mes y en carácter de declaración jurada a la Secretaría de Energía la cantidad de usuarios a los cuales se les aplicó la bonificación objeto del presente y su identificación y el monto a reconocer en tal concepto”.
Además, facultó a la Secretaría de Energía “a abonar los montos resultantes de la bonificación a cargo de la provincia por resolución, como asimismo a resolver todas las cuestiones no previstas que hagan a la implementación y aplicación del financiamiento objeto del presente”.