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Reglamentan cambios en Bienes Personales, blanqueo de capitales y moratoria

El presidente Javier Milei rubricó el decreto 608 que reglamenta la regularización de activos, de obligaciones tributarias y los cambios en Bienes Personales.

Luego de promulgar la ley la semana pasada, el Gobierno publicó esta noche la reglamentación de las “Medidas fiscales paliativas y relevantes”, más conocido como el paquete fiscal.

Mediante el Decreto 608, el presidente Javier Milei reglamentó la rebaja en Bienes personales, el blanqueo de capitales y la moratoria para regularizar sus obligaciones. Los contribuyentes que se encuentren en mora con estas obligaciones pueden adherirse al régimen para obtener ciertos beneficios, como la condonación de intereses y multas, y planes de pago.

El mismo contempla la creación de un “Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de la Seguridad Social”, la implementación de un “Régimen de Regularización de Activos del país y del exterior”, la reglamentación de un “Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales” (REIBP).

Quiénes pueden adherirse: contribuyentes y responsables solidarios que tengan deudas fiscales, aduaneras o de seguridad social vencidas al 31 de marzo de 2024.

Plazo: el plazo para adherirse al régimen es de 150 días a partir de la fecha de publicación de las reglamentaciones.

Beneficios

Condón de intereses y multas: el monto de intereses y multas condonado depende de la fecha de adhesión y del medio de pago elegido.

Planes de pago: los contribuyentes pueden optar por pagar sus deudas en cuotas de hasta 84 meses.

Condón de multas: se condonan todas las multas por infracciones formales cometidas antes del 31 de marzo de 2024.

Condón de intereses de determinados impuestos: se condonan los intereses de determinados impuestos que se hayan pagado antes del 31 de marzo de 2024.

Reducción de honorarios profesionales: los honorarios de los asesores fiscales se reducen en un 50 por ciento para las deudas que se encuentren en proceso de discusión.

No reposición de beneficios fiscales: los contribuyentes que se adhieran al régimen no podrán reponer beneficios fiscales que hayan perdido.

El texto también es claro a la hora de señalar que los contribuyentes que se adhieran al régimen renunciarán a su derecho a reclamar reintegros de impuestos, derechos aduaneros o contribuciones a la seguridad social que hayan sido regularizados.

Sobre el Régimen Especial para la Regularización de Activos

La ley establece un régimen para la regularización de activos en el exterior. Los contribuyentes que tengan activos que no hayan declarado a las autoridades fiscales pueden adherirse al régimen para regularizar estos activos y pagar un impuesto especial.

Puntos clave del blanqueo

Quiénes pueden adherirse: contribuyentes residentes y no residentes que tengan activos en el exterior.

Plazo: el plazo para adherirse al régimen es el 30 de abril de 2025. El plazo podrá extenderse hasta el 31 de julio de 2025.

Procedimiento para la adhesión: los contribuyentes deberán primero manifestar su adhesión al régimen. Luego, tienen que presentar una declaración jurada especial y pagar un impuesto especial sobre los activos regularizados. Dicho gravamen se calcula a una tasa del 15 por ciento sobre el valor de los activos regularizados. Los contribuyentes pueden optar por pagar el impuesto en cuotas de hasta 5 años, según indica la ley.

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