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“Silencio positivo”: en qué consiste y cuáles son sus alcances

La jefatura de Gabinete dispuso la implementación de la medida a partir de 1 de noviembre. Permitirá que la falta de respuesta del Estado ante una solicitud de trámite sea tomada como afirmativa.

El Gobierno de Javier Milei publicó este lunes la reglamentación de otro tramo de la ley Bases, sancionada a fines de junio por el Congreso. Se trata de la implementación del “Silencio positivo”, un cambio administrativo que permitirá que la falta de respuesta del Estado ante una solicitud de trámite sea tomada como afirmativa.

La implementación se realizó mediante la Decisión Administrativa 836/24 comunicada a través del Boletín Oficial. Allí se establecen las modificaciones realizadas por la ley Bases al artículo 10 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549 del año 1972.

El Gobierno avanza en la reglamentación del silencio positivo: en qué consiste

Hasta ahora, la ley indicaba que “el silencio o la ambigüedad de la Administración frente a pretensiones que requieran de ella un pronunciamiento concreto, se interpretarán como negativa”. Y añadía que “sólo mediando disposición expresa podrá acordarse al silencio sentido positivo”.

Además, indicaba que si las normas especiales no previeren un plazo determinado para el pronunciamiento “éste no podrá exceder de sesenta días”. Una vez superado ese plazo, el interesado podía solicitar que se diera “pronto despacho” al trámite y si el Estado no se expresaba luego de otros 30 días se consideraría silencio administrativo.

La nueva reglamentación incorpora el inciso “b” al artículo 10, el cual indica que la falta de respuesta será considerada como “positiva”. “Cuando una norma exija una autorización administrativa para que los particulares puedan llevar a cabo una determinada conducta o acto en el marco del ejercicio de una facultad reglada de la Administración, al vencimiento del plazo previsto para resolver sin haberse dictado resolución expresa, el silencio tendrá sentido positivo”, señala la nueva disposición y agrega que la estimación por silencio administrativo “tiene a todos los efectos la consideración de acto administrativo finalizador del procedimiento”.

La normativa publicada anoche establece el cronograma de implementación del “silencio positivo” en la Administración Pública Central, incluidos los organismos desconcentrados, a partir del 1º de noviembre de 2024. En el caso de los organismos descentralizados, la implementación será “a partir del 1º de diciembre de 2024”.

Según afirmó el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, se trata de una medida “anticoima”. “La Ley Bases implementa una serie de cambios en la Ley de Procedimientos Administrativos 19.549. Los cambios apuntan primordialmente a reducir la capacidad del Estado de apretar o coimear al ciudadano”, dijo a principio de mes.

En ese sentido, aseguró que el proceso de silencio positivo regirá “para las autorizaciones y otros trámites que el Poder Ejecutivo determine” y explicó: “Ante un pedido de autorización, si el Estado no se expide en un plazo de tiempo determinado, quien lo solicita queda automáticamente autorizado”.

Las polémicas por el alcance del “Silencio positivo”

Durante el debate de la ley Bases, la senadora Juliana Di Tullio advirtió que el cambio que el Gobierno pretendía implementar a través del “silencio positivo” podía derivar en que un privado pueda quedarse con tierras estatales. “La ley habilita un montón de negocio inmobiliario”, dijo y su hipótesis fue avalada por el secretario de Legal y Técnica del municipio de Lanús, Carlos Nielsen Enemark.

La sanción definitiva de la normativa incluyó un apartado que establece una serie de excepciones. De acuerdo al inciso “b”, el silencio positivo “no será de aplicación en materia de salud pública, medio ambiente, prestación de servicios públicos o derechos sobre bienes de dominio público”.

Sin embargo, también indica que las excepciones mencionadas anteriormente podrían ser obviadas “cuando la norma específica aplicable otorgue sentido positivo al silencio”. Además, aclara que la reglamentación “podrá determinar otros supuestos específicos en los cuales no sea de aplicación este inciso”.

La reglamentación señala también que, una vez consumado el silencio en sentido positivo, el interesado “podrá exigir la inscripción registral, emisión de certificado o autorización correspondiente en sede administrativa”.

El presidente del Tribunal Fiscal Nacional, Miguel Nathan Licht explicó que “la situación ordinaria es que una persona puede ejercer sus derechos sin ningún tipo de condicionamiento. Es el ámbito de la autonomía de la voluntad (artículo 19 de la Constitución Nacional). En determinadas situaciones se van imponiendo exigencias para el ejercicio de los derechos cuando existe la posibilidad que su ejercicio pueda ocasionar un daño a terceros o a la comunidad en general. Aparecen en consecuencia las normas de orden público civil (por ejemplo, las leyes laborales, de familia, etc.) y en un modo más progresivo las normas de derecho administrativo”.

El silencio positivo “opera en este ámbito”, dijo el experto en su cuenta de la red social “X”, es decir, “cuando el administrado solicita a la administración que verifique el cumplimiento de las condiciones legales para el ejercicio de un derecho (autorización administrativa)”.

Además, aclaró que su implementación “no se aplica respecto de cualquier tipo de solicitud” dado que “no opera respecto de situaciones que están prohibidas por el ordenamiento jurídico y que solamente se pueden realizar a partir de un acto administrativo (permiso administrativo)”. Y ejemplificó: “Si una persona pide que se le “permita” cortar una calle para hacer una manifestación, el silencio de la administración no implica asentimiento”.

fuente AIM

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