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Suben impuestos a la nafta y el gasoil

El Gobierno nacional oficializó este lunes un nuevo esquema de actualización para los impuestos sobre los combustibles líquidos y el dióxido de carbono, que comenzará a regir a partir del 1 de julio. Así lo establece el Decreto 441/2025, publicado en el Boletín Oficial, y firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Guillermo Francos y el ministro de Economía Luis Caputo.

La medida, que afectará directamente los precios de la nafta y el gasoil, se aplicará en dos tramos y apunta a normalizar los ajustes pendientes desde 2024, que habían sido postergados por decisiones anteriores para moderar el impacto inflacionario.

Los montos establecidos para julio derivan de la fórmula de actualización trimestral basada en la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que publica el Indec.

Qué impuestos se actualizan y cómo impactan en el precio

Los tributos alcanzados por el decreto son el impuesto sobre los combustibles líquidos y el impuesto al dióxido de carbono. Este último grava específicamente la emisión de gases contaminantes generados por el uso de combustibles fósiles, y aunque su participación en el precio final es menor, forma parte de la estructura fiscal ambiental.

La nueva disposición contempla, para el mes de julio, una suba de 6,620 pesos por litro en la nafta en concepto de impuesto a los combustibles líquidos, y 0,405 por litro en el gravamen al dióxido de carbono. En el caso del gasoil, el incremento será de 5,346 por litro para el gravamen general, 2,895 pesos para la alícuota diferencial que rige en regiones como la Patagonia y zonas específicas del interior, y 0,609 por litro por el tributo al CO?.

Agosto traerá más aumentos acumulados

Por otra parte, el Gobierno nacional dispuso posponer la entrada en vigencia de parte de los aumentos para reducir la presión inflacionaria en un contexto de recuperación económica y ajustes en la estructura de precios relativos.

Sin embargo, el decreto deja en claro que esos incrementos no se eliminan, sino que comenzarán a aplicarse desde el 1 de agosto, incluyendo los montos diferidos correspondientes al primer trimestre parcial de 2024, así como todo el segundo, tercer y cuarto trimestres de 2024 y el primero de 2025.

Finalmente, los considerandos del decreto recuerdan que la ley obliga a realizar estas actualizaciones cada enero, abril, julio y octubre, considerando el IPC del Indec. “Según la normativa, esos ajustes se trasladan a los hechos imponibles que se perfeccionan desde el primer día del segundo mes siguiente a la actualización”, lo que implica que los aumentos de julio reflejan ajustes del primer semestre del año.

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