La fecha establecida para la realización de la asamblea ordinaria anual es el 15 de marzo y se encuentra contemplada dentro del Calendario Escolar 2019. La misma involucra a las instituciones educativas de nivel inicial, primario y secundario, y sus modalidades públicas y privadas que dependen del Consejo de General de Educación.
Se trata de un momento institucional de diálogo donde participa toda la comunidad educativa, es decir docente, estudiantes e incluidas las familias que deseen participar.
La Asamblea Anual Ordinaria es un momento institucional clave donde se promueve la participación de todos los actores para revisar y actualizar de los Acuerdos de Convivencia, a través de la reflexión, el debate, la elaboración de propuestas y la toma de decisiones consensuadas sobre el marco legal que regirá la vida institucional durante el ciclo escolar.
Esta jornada abre espacios de participación y promueve la incorporación de principios democráticos en la institución escolar, ya que involucra a todos los integrantes de la comunidad educativa y resulta ineludible abordarla en profundidad para avanzar en el fortalecimiento de una cultura democrática.
Este colectivo de trabajo, incluye también a los estudiantes como constructores de las relaciones humanas y a la familia como primer garante de la educación de niños y niñas, adolescentes y jóvenes.
Que son los Acuerdos Escolares de Convivencia
El Acuerdo Escolar de Convivencia es el marco legal institucional que regula y sostiene la convivencia Escolar.
Es una construcción colectiva de uso cotidiano, para la prevención, intervención y reflexión institucional sostenidas por la comunidad educativa.
Refleja los consensos de cómo habitar el espacio escolar en forma responsable y comprometida, respetando el cuidado de uno mismo, el cuidado del otro y de lo que nos pertenece a todos.
El tratamiento de la convivencia es una propuesta integral, incluida al PEI, como prioridad de abordaje transversal, colectivo, situado y continuo en la labor educativa, articulando responsabilidades y funciones de los actores claves, en un trabajo comprometido que habilita a repensar las contingencias del devenir escolar.
Los acuerdos están legitimado por normativas nacionales y provinciales:
El tratamiento de la convivencia en las escuelas para la promoción de la educación para la paz, adquiere fuerza de ley con la sanción de la Ley Nacional Nº 26.892 y su homónima Ley Provincial Nº 10.416.
La normativa vigente, Resolución N° 1692/09 CGE para la Educación Secundaria, Resolución N° 1020/13 CGE para la Educación Primaria y loestablecido en calendario escolar a través de la Resolución Nº 4950/18 implementan un sistema de Convivencia en las Instituciones Educativas Entrerrianas estableciendo la formulación y actualización anual de los Acuerdos Escolares de Convivencia.