En rigor se trataría de reglamentar un artículo de la ley 6599 que propone un sistema de control para las aplicaciones de plaguicidas específicamente en escuelas rurales. Al respecto ha producido avances el Fiscal de Estado que da cuenta de un abanico de información científica reunida para fundamentar la propuesta.
Mirador Entre Ríos
La propuesta de reglamentación está terminada luego de un tiempo que el Fiscal de Estado se ha dado para reunir documentación que pueda normar un sistema de control para las aplicaciones de plaguicidas específicamente en escuelas rurales. El punto de partida sería la reglamentación de un artículo de la ley 6599. Sobre la mesa de su despacho, Julio Rodríguez Signes despliega la información contenida en biblioratos, refiere a consultas realizadas, participación en conferencias para reflejar la tarea desplegada en un derrotero que contabiliza sentencias judiciales que han confirmado posiciones esgrimidas por organizaciones ambientalistas y Agmer, pero criticadas por los productores agropecuarios que reclaman al gobierno una norma que, como señalan “les devuelva reglas claras para producir”.
Son unas mil fojas de información: expedientes con informes de las secretarías de la Producción, de Salud y de Ambiente; registros sobre las derivas, uno de los puntos más discutidos, que tiene que ver con hasta dónde la gota del producto utilizado alcanza en condiciones determinadas de temperatura, humedad y viento -sobre lo que hay experiencias-; el Programa nacional de prevención y control de las intoxicaciones por plaguicidas; un documento del Conicet; una suerte de digesto de la ley 6599 con sus normas reglamentarias. En fin la enumeración –no completa-, tal como lo refiere el Fiscal de Estado, obedece a la idea de compartir que “hay mucha información que hemos ido tomando y que en un amparo no pueden sustanciarse dado los plazos”. De todo lo que incluye ese muestrario de documentación compilada, Rodríguez Signes hace hincapié en un informe del Conicet: Evaluación de la información científica vinculada al glifosato y su incidencia sobre la salud humana y el ambiente, de 2009. También, en el Boletín integrado de vigilancia referido al país pero discriminado por provincia, que muestra “casos de Entre Ríos, intoxicación por plaguicida, 30 confirmados en 2018 y uno, en 2019”. Tras la lectura aclara: “Estos son todos los casos de intoxicación por plaguicida, por agroquímicos y por plaguicidas domésticos. Por plaguicida –puntualiza- hay uno. Todos son por domésticos”. En la idea de documentarse, Rodríguez Signes, invitado por la Sociedad Científica Argentina, asistió a una conferencia del director del Registro de Tumores de la provincia de Córdoba, Martín Alonso. “Una charla donde estaban los ambientalistas, los docentes, los agricultores, los funcionarios nacionales, y nadie se atrevió a hacerle un solo cuestionamiento al conferencista”. Alonso –relató Rodríguez Signes- “sostiene que hay que ir a información científica, objetiva y relativiza mucho”.
Puntualmente
En síntesis, el Fiscal de Estado trasmitió a MIRADOR ENTRE RÍOS que “captamos toda la información científica oficial disponible. Son unas mil fojas de información. Dejamos en claro que la competencia para certificar los plaguicidas es nacional, del Senasa: registra el producto, certifica y habilita” Así, lo que corresponde al Estado provincial es “ejercer el poder de policía sobre el uso, porque los casos de daños comprobados son por el uso irregular”. Diferenció que los daños en cuestión, “no son por la incidencia de glifosato en la soja que a su vez alimenta a los cerdos. Eso –remarcó- es materia de discusión mundial y están discutiendo si es cancerígeno, si no lo es, si es posible o probablemente cancerígeno”. Insistió en que “nosotros en esa materia no entramos porque no somos competentes ni tenemos las herramientas necesarias para hacer ese tipo de análisis”. En cambio, retomó, “entramos en el tema del ejercicio del poder de policía y ahí vamos al máximo de intensidad posible” y es en este punto donde aparecerían fijadas las distancias, hoy por hoy, en el centro del debate, a partir de las cuales ejercer los controles. Habría áreas de exclusión para utilizar cualquier producto y otras donde se excluyen determinados productos según la aplicación fuera terrestre o aérea. En cada escuela (rural) por otra parte, se radicaría una “Unidad centinela”, que debería ser notificada de la receta original –a cargo de un ingeniero agrónomo- con 48 horas de anticipación del día que se efectuará, lugar exacto y el tipo de aplicación que se va a realizar, con el objetivo que esa unidad vigile que se cumplan las condiciones del reglamento de uso de plaguicidas –condiciones meteorológicas, que la escuela esté cerrada, etc.- a los que el futuro decreto remitiría. Concretamente, se refiere a la Guía de Uso Responsable de Agroquímicos del Programa Nacional de Prevención y Control de las intoxicaciones por plaguicidas del Ministerio de Salud.
Otro control que surge es “que a partir de 2020, toda aplicación se haga con un sistema que suministre la información en tiempo real. Hoy hay sistemas disponibles que permiten informar vía internet dónde va a ser la aplicación, a qué hora, cuáles son las condiciones, qué productos que se van a aplicar, para que la autoridad de aplicación -que será la Secretaría de la Producción- no tenga que estar mandando un empleado a cada lugar”. Tendría que brindarse la información como si se tratara de la registradora fiscal, si vale la comparación para dar idea de aquello en lo que se está pensando. “Este sistema de información georeferencial ya existe en la República Oriental del Uruguay”, fundamentó el funcionario. Otra prevención será la cortina forestal, para lo que se ha encomendado hacer un mapeo de las escuelas rurales para determinar lo que corresponda en cada caso, porque no se puede adoptar una decisión generalizada en cuanto a especies a utilizar y cómo hacerla.
Agrotécnicas
La necesidad de un abordaje diferente surge con relación a las escuelas agrotécnicas. Los campos de esos establecimientos están contiguos al establecimiento, “entonces se exceptúa de todo ese sistema a la escuela agrotécnica. En cambio, tendría que funcionar una Unidad de Control, que reglamente las aplicaciones”. Rodríguez Signes explica que “las escuelas de esta modalidad no son tantas y habría en consecuencia, un reglamento para cada una. No es un productor el que aplicará el plaguicida, sino que es el propio Estado el que lo hará. Tendrá intervención de un funcionario de Salud y otro de Ambiente, aparte el director de la escuela y el de Producción para establecer el reglamento especial”. Producto de la recorrida que hizo en esas instituciones educativas, Rodríguez Signes comentó que el director de Producción es un veterinario o un ingeniero, técnico agropecuario, por lo que –señaló- “ellos están en condiciones de decidir condiciones y aplicaciones. Que lo propongan ellos mismos”. A raíz de la consulta periodística, aclaró que la Unidad Centinela vigilaría, en tanto que la de Control, tendría potestad reglamentaria.
Avance
La síntesis aportada por el funcionario refiere a un trabajo estrictamente de Fiscalía de Estado que se nutre de información de otras áreas oficiales gubernamentales, del Ministerio de Agricultura de la Nación, INTA y Conicet. Descartó que hubiera consultas, participación de organizaciones ambientalistas, de productores agropecuarios o de Agmer o de productores. No obstante, comentó que se consideró un reclamo que hizo el Foro Ecologista en noviembre de 2017, incluso se incorporó algunas propuestas, pero “porque forman parte de un expediente de la Secretaria de Salud”.
Al margen
La Fiscalía intervino en el amparo tramitado en sede judicial y en una segunda presentación contra el decreto 4407 con respecto a esta temática desde el año pasado. La intervención en este caso, el Fiscal de Estado la fundamenta en un artículo de la ley de Fiscalía que establece que puede sugerir la elaboración de ciertas normas cuando, como en este caso, se plantea judicialmente que un decreto es inconstitucional. De ahí, la intención de formular una propuesta que superar un test de constitucionalidad. Por fuera de lo estrictamente técnico, legal, Rodríguez Signes se mostró muy involucrado en una temática de la que destacó la profusa información existente en la cual indagar.