El Gobierno resolvió congelar hasta fin de año las tarifas de la telefonía celular y fija, a los servicios de Internet y de televisión paga. Además, a partir de ahora, el Estado regulará el precio que fijen las empresas de telefonía. La medida se oficializó a través del Decreto 690/2020 publicado en el Boletín Oficial.
En medio de la crisis económica y cuando ya van 155 días de cuarentena, el presidente Alberto Fernández firmó un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que declara esos servicios “públicos” y “esenciales”. Además, les impide a las empresas aumentar las tarifas sin previa autorización del Estado, como sucede con las prepagas.
“Hemos decidido declarar servicios públicos a la telefonía celular, a los servicios de internet y a la televisión paga. De esta manera garantizamos el acceso a los mismos para todos y todas”, escribió el jefe del Estado en Twitter.
Según relató Gustavo López a LA NACION, vicepresidente del Enacom, el organismo que regula el sector, el Gobierno repuso la potestad que tenía el Estado para regular los precios, lo que estaba incluido dentro de la ley de Argentina Digital. Esa norma fue derogada por el Decreto 267, que firmó el expresidente Mauricio Macri.
En una reunión con las empresas, el último miércoles, el gobierno nacional buscó desactivar sin éxito el aumento previsto para el mes que viene. Ese fue el disparador del DNU que publicó esta medianoche el Poder Ejecutivo.
“Era el segundo aumento en la pandemia. En marzo y abril, después del primer incremento recibimos muchas quejas de usuarios que no podían pagar. Se trata de herramientas imprescindibles. Con esto se recobró la capacidad regulatoria“, argumentó López.
En paralelo, la Enacom subsidiará la construcción de obras de infraestructura en escuelas, hospitales, en seguridad (comisarías) y en barrios populares. En total destinará 2000 millones de pesos para llevar conectividad.
La medida establece que los licenciatarios de los servicios de las Tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) podrán fijar precios, “los que deberán ser justos y razonables”. Esto quiere decir, que cubran “los costos de la explotación, tender a la prestación eficiente y a un margen razonable de operación”.
En su batería de tuits, el Presidente sostuvo además que “ante las restricciones que la pandemia impone, nadie deberá resignar parte de sus ingresos en afrontar aumentos en los precios de estos servicios”. Y agregó: “De esta manera estamos recuperando herramientas regulatorias que el gobierno anterior quitó al Estado. El derecho de los usuarios y consumidores es un derecho constitucionalmente reconocido. En lo sucesivo, no podrá haber ningún aumento sin la previa aprobación del Estado”.
Para fundamentar su decisión, Alberto Fernández enfatizó: “La educación, el acceso al conocimiento, a la cultura y a la comunicación son derechos básicos que debemos preservar”. Y anticipó que ordenó que de ahora en más haya “planes inclusivos de prestación básica, universal y obligatoria para quienes menos tienen”.
El Decreto de Necesidad y Urgencia establece modificaciones a la ley 27.078 de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC). Incorpora un artículo a esa norma a través del cual otorga el “carácter de servicio público en competencia” para los servicios de las TIC y el acceso a las redes de telecomunicaciones “para y entre” sus licenciatarios. Y dispone que el Ente Nacional de Comunicaciones, como autoridad de aplicación, “garantizará su efectiva disponibilidad”.