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Doble indemnización: el Gobierno no la va a prorrogar en junio

Pese a que el presidente Alberto Fernández estableció la medida el 13 de diciembre, el ministro de Trabajo sostuvo hoy que no se prorrogará a mitad de 2020.

El ministro de Trabajo, Claudio Moroni, sostuvo hoy que la administración de Alberto Fernández no va a prorrogar en junio próximo la doble indemnización por despidos sin justa causa. El 13 de diciembre, el Presidente dispuso esa medida a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), en el que declaró la emergencia pública en materia ocupacional por seis meses.

 

“La doble indemnización está vigente por el período establecido. No hay ninguna vocación de prorrogarla -el 11 de junio-“, afirmó Moroni en diálogo radial.

 

El ministro de Trabajo, quien tiene llegada al sector de “los Gordos”, que lidera Héctor Daer, fue el ideólogo de la medida con la que el Gobierno buscó frenar la caída del empleo formal.

Según establece el DNU, en caso de despido sin justa causa durante la vigencia de la medida, los trabajadores afectados tendrán derecho a percibir el doble de la indemnización correspondiente de conformidad a la legislación vigente.

 

En los puntos principales del decreto, el Ejecutivo remarcó que la tasa de desempleo se incrementó hasta el 10,6% en el segundo trimestre de 2019.

 

La norma estipuló que la medida no es aplicable a las contrataciones celebradas con posterioridad a la entrada en vigencia de la emergencia ocupacional.

 

El gobierno de Fernández aclaró hoy que la doble indemnización no se aplicará a los trabajadores del sector público, luego de que jerárquicos de la administración de Mauricio Macri reclamaran ese beneficio.

 

Según el decreto 156, que se publicó hoy en el Boletín Oficial, al disponer la doble indemnización “se aludió a la dinámica del empleo asalariado registrado privado”. Por lo tanto, advirtió el Ejecutivo, “una interpretación que condujera a extender los alcances del referido decreto al ámbito del sector público nacional estaría desprovista de toda razonabilidad y, a la vez, implicaría un palmario apartamiento de la letra y el espíritu de la norma”.

 

“No obstante ello, resulta necesario aclarar el alcance de esta última, en lo referido al universo de las trabajadoras o trabajadores alcanzados, a fin de evitar eventuales distorsiones en la recta aplicación de aquélla“, sostuvo.

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