El Poder Ejecutivo impulsó en la Cámara de Diputados la adhesión de la provincia al Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (Rigi) y un proyecto para un blanqueo de capitales. Las iniciativas tomaran estado parlamentario en la próxima sesión, confirmó AIM.
Este viernes, ingresaron en la Cámara Baja dos iniciativas del gobierno, que ponen en sintonía a Entre Ríos con las medidas que impulsa la gestión de Javier Milei mediante la Ley de Bases.
En ese marco, la provincia formuló la adhesión al Rigi, creado por Ley Nacional N° 27.742 y, además, pretende instaurar un Régimen de Incentivo para Nuevas Inversiones (Rini), de orden provincial, creado a partir de los beneficios establecidos en la Ley 11.071 de Promoción y Desarrollo Industrial.
Cabe recordar que el Rigi, creado en la Ley de Bases y puntos de partida para la libertad de los argentinos, “establece diversos incentivos fiscales para atraer grandes inversiones al país, otorgándoles un marco de seguridad jurídica y estabilidad”, mediante el que se prevén distintos beneficios, entre los que destacan los incentivos fiscales, aduaneros y cambiarios durante treinta años, “con la finalidad de desarrollar y fortalecer la competitividad de ciertos sectores económicos, incrementar las exportaciones de mercaderías y servicios al exterior, generar empleo, entre otros fines significativos”.
En sintonía con la Nación, el gobierno de Frigerio busca crear el Rini, que determina “el marco regulatorio adecuado mediante el cual se fomente y facilite la atracción de nuevas inversiones hacia la provincia, reconociendo los beneficios estratégicos que tales inversiones pueden aportar”. En es sentido, se argumentó que los principales objetivos del Rini “tienen que ver con el fomento del desarrollo integral y armónico de la economía provincial, lo que generará un adecuado impulso del desarrollo económico y el fortalecimiento de la competitividad regional”.
Blanqueo de capitales
Otro proyecto que presentó el Ejecutivo es la adhesión de la provincia al Título II, Artículos 18° a 44°, de la Ley nacional 27.743, “estableciendo que los sujetos que declaren de manera voluntaria la tenencia de moneda nacional, extranjera, muebles, inmuebles y demás bienes o activos en el país y en el exterior accederán a beneficios”.
Con ese principio, quienes blanqueen capitales “quedarán exceptuados del pago del impuesto sobre los Ingresos Brutos y cuanto otro impuesto provincial correspondiera según el caso, por los ingresos y bienes que hubieran omitido declarar, en las condiciones que se establecen, por los períodos fiscales no prescriptos a la fecha de publicación de la Ley”.