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Empleadas en Casas de Familia propusieron un protocolo para volver a trabajar

El Sindicato Empleadas en Casas de Familia de Entre Ríos propuso a la Municipalidad de Paraná, un Protocolo de Cuidados para poder reanudar la actividad del sector. Algunos de los puntos que incluye el documento.

El Sindicato Empleadas en Casas de Familia de Entre Ríos propuso a la Municipalidad de Paraná, un Protocolo de Cuidados para las Trabajadoras del Sector, ante la posible apertura del rubro y la posibilidad de volver a la actividad.
La Secretaria General del Sindicato Empleadas en Casas de Familias de Entre Ríos, Manuela Muñoz, y Silvina Calveyra, Secretaria Adjunta de la CTA Autónoma de Entre Ríos, mantuvieron una reunión con el Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Paraná, Santiago Halle, con la finalidad de expresarle la situación en la cual se encuentra atravesando el sector de trabajadoras del hogar en el marco de la emergencia sanitaria, según indicaron en un comunicado enviado a este medio.

Además, en la reunión, expresaron la necesidad de articular la confección en forma conjunta; de un Protocolo de Cuidados, ante la posibilidad de la apertura de la actividad, con el fin de proteger la salud y la integridad de las trabajadoras, como así también de sus empleadores.
El Secretario de Gobierno, junto a su equipo de trabajo, se hizo eco de la propuesta de trabajo del SECFER y de directrices fundamentales que debería contemplar, explicaron en el escrito y mencionaron los puntos principales del documento:

Horario Laboral, Movilidad y Transporte Público: En la gran mayoría, las trabajadoras del hogar, utilizan el sistema de transporte público. Lo que determina, que se deberá establecer un horario laboral razonable, con el objetivo de facilitar su traslado a los lugares de trabajo, evitando así, la aglomeración en las paradas de colectivos y la alternativa de ser trasladadas por el empleador.

Vestimenta y Elementos de Cuidado e Higiene para la Trabajadora: se deberá garantizar por parte del o la empleador/a; el acceso al “alcohol, tapabocas, guantes y uniformes“; artículos de limpieza necesarios para el desarrollo de la actividad; como lo determina la Ley N°26.844; que regula la actividad, en su Art. 14 inciso C; con la finalidad de poder cumplir con las tareas dentro del lugar del trabajo con los cuidados correspondientes. Respetar lo establecido en cuanto a la distancia a mantener dentro del ámbito laboral.

Protección a las Trabajadoras con hijos/as menores, que no pueden reintegrarse a su labor, ya que no poseen guarderías y/o lugar donde sus hijos sean cuidados. Como también considerar medidas para las Trabajadoras, mayores de 60 años y/o con enfermedades pre existentes que determinan que se encuentran dentro del grupo de riesgo, entre otras.

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