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Seguí: La E.E.T N68 presento proyecto de ordenanza para la creación del Concejo Deliberante Juvenil

FORMACIÓN ÉTICA Y CIUDADANA 5ºTGO PROYECTO EDUCATIVO: HACIA NUEVAS FORMAS DE PARTICIPACIÓN CONOCE TODOS LOS DETALLES:

 

Fundamentación

La planificación anual de Formación Ética y Ciudadana, de 5º año Gestión Organizacional, se caracteriza por tener la particularidad de abordar temáticas muy conectadas a la sociedad próxima del educando, sociedad que constituye un entramado heterogéneo de miradas, pareceres y formas de vida, que complejizan la realidad que el ciudadano debe enfrentar.

Desde esta perspectiva la democracia, tal y como la conocemos, no escapa de dicha complejidad y por ende muestra una crisis constante de sentido, que la invita a reinventarse permanentemente.

Hablar de democracia hoy no es lo mismo que pensarla hace veinte años atrás. En la actualidad esta forma de gobierno, en función de responder a los requerimientos sociales, debe adaptarse a las nuevas demandas de la ciudadanía y de esta forma encarar otros mecanismos de participación que se muevan más allá del voto.

Motivadas por esta perspectiva nueva de democracia, muchas sociedades alrededor del mundo, supieron ampliar el sentido de este concepto y lo dotaron de más participación ciudadana, ofreciendo herramientas que permitan que el pueblo, intervenga, de una u otra manera, en las decisiones del gobierno. Así se comenzó a hablar de presupuesto participativo, iniciativa ciudadana, consulta popular, concejos deliberantes juveniles, entre otras tantas cuestiones, que le otorgaron una dinámica distinta a esta forma de organización estatal.

Nuestros estudiantes, como futuros ciudadanos, no pueden desconocer estas realidades. Por estas razones es necesario acercarlos a estas innovadoras dinámicas de participación, por medio de clases y propuestas que les faciliten conectarse con ejemplos y experiencias que reflejen estas novedosas formas de intervención popular.

La presente propuesta busca abrir el dialogo en torno a las nuevas formas de democracia, tratando de que los educandos cuenten con un abordaje teórico de las mismas y buscando además que intervengan mediante un proyecto de ordenanza, de elaboración propia del curso, sobre su realidad más próxima.

Elaborar un proyecto de normativa no es una tarea fácil, requiere reconocer una necesidad, una demanda que afecte a un grupo social o a la totalidad de una comunidad. Se necesita además de incorporar técnicas y lenguaje legislativo, ya que la labor de redacción de una norma, no representa un texto común ni cotidiano. Por otra parte es fundamental conocer otras realidades que trabajen necesidades similares a las escogidas

por el grupo y comenzar a comparar, a analizar y repreguntarse, para evaluar si la idea pensada es la correcta y necesaria.

Como se puede ver para lograr los fines del presente proyecto, hace falta que los estudiantes se apropien de un sinfín de elementos para posteriormente, alcanzar los objetivos planteados. Será una tarea de prueba y error, de debates áulicos y de trabajo en equipo.

Objetivos

· Articular contenidos con la realidad local, con el propósito de alcanzar un educando que sea capaz de vincular saberes y verlos plasmados en su devenir cotidiano.

· Fomentar el trabajo colectivo y el rescate de valores democráticos, mediante distintas actividades que le hagan ver al educando la importancia que tiene la participación popular en las decisiones de gobierno.

· Promover una actividad conjunta entre la institución y diversas entidades locales, a fin de tener una escuela abierta a la comunidad que ofrezca distintas alternativas de aprendizaje y devuelva a dicha comunidad, parte de lo que le supo brindar.

Actividades

· Desarrollar un abordaje teórico y conceptual de las diversas dinámicas de participación ciudadana, para posteriormente exponer ejemplos de distintas formas de intervención en tal efecto.

· Propiciar debates áulicos de estos temas con el objetivo de visualizar las perspectivas de los educandos acerca de los mismos.

· Trabajar estas temáticas mediante propuestas prácticas que lleven al estudiante a intervenir en su realidad más cercana.

· Identificar una necesidad social que pueda ser utilizada como fuente de normativa local. Esta actividad se desarrollará en debates áulicos que propicien el logro de acuerdos entre los alumnos.

· Favorecer espacios para brindar diferentes herramientas que ayuden al alumno a apropiarse de diferentes técnicas legislativas y posteriormente que lo conduzcan al armado de una ordenanza. El armado de este texto será de forma

grupal (dos grupos de dos y uno de tres) y posteriormente se procederá a unificar los productos, en un debate áulico, logrando un solo escrito para ser presentado ante quien corresponda.

· Presentación de dicha ordenanza a las autoridades de la institución y posteriormente y en lo posible, al Concejo Deliberante de la Municipalidad de Seguí para su tratamiento.

Destinatarios

El proyecto está dirigido a estudiantes de quinto año Gestión Organizacional.

Cronograma de Trabajo

· Abordaje conceptual de las diversas formas de participación ciudadana- Tres primeras semanas de agosto.

· Debates áulicos sobre estos temas y posterior búsqueda de una necesidad local en donde poder aplicarlos- Última semana de agosto y primera de setiembre.

· Identificación de diversas técnicas legislativas para poder armar una norma- Segunda semana de setiembre.

· Armado de la propuesta legislativa mediante la técnica de legislación comparada- Tercera y cuarta semana de setiembre y primera de octubre.

Fuentes de Información

· Material bibliográfico extraído de diferentes textos jurídicos y manuales de técnicas legislativas.

· Material audiovisual para desarrollar diversos ejemplos prácticos.

· Sitios web de distintos municipios del país, como por ejemplo Rosario y la Ciudad de Mendoza.

PROYECTO DE ORDENANZA

VISTO:

La importancia de apoyar y fomentar actitudes que apunten a la formación y práctica democrática de los jóvenes, y;

CONSIDERANDO:

Que a través de la creación del Concejo Deliberante Juvenil los estudiantes de la localidad de Seguí podrán acceder a la práctica legislativa municipal, aprendiendo a vivir la democracia como forma de gobierno y como estilo de vida.

Que esta actividad legislativa les permite descubrir los problemas de la ciudad a través de la investigación y del contacto directo con la comunidad, proponiendo soluciones viables para resolver los mismos.

Que mediante el Concejo Deliberante Juvenil, los estudiantes se forman intercambiando ideas y opiniones en el marco del pluralismo democrático, defendiendo sus propias ideas y respetando las ajenas, buscando el consenso que asegure la sanción de un buen Proyecto.

Que esto permite desarrollar experiencias compartidas de aprendizaje de reglas y normas de convivencia ciudadana y de interiorización crítica de los valores y deberes como tales.

Que es importante estimular el aprendizaje del debate grupal favoreciendo el desarrollo de la autonomía personal.

Que mediante el mismo se busca promover la formación de la conciencia ciudadana de los jóvenes y la preocupación por el bienestar de la comunidad.

Que es necesario incentivar a los jóvenes como ciudadanos activos, responsables, críticos y comprometidos en la búsqueda de diversas alternativas, canalizadas en la presentación de Proyectos.

Que los jóvenes son parte esencial del presente y futuro de nuestra ciudad y de la construcción de nuestra república.

Que es de nuestro interés la construcción de una ciudadanía joven comprometida y participativa en el ámbito público.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SEGUÍ

SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

Art. 1º.- Institúyase en el ámbito de este Municipio el CONCEJO DELIBERANTE JUVENIL, que estará integrado por Alumnos Regulares, de entre 14 a 18 años, de los establecimientos de Nivel Medio de la ciudad de Seguí.

Art. 2º.- El Concejo Deliberante Juvenil, estará integrado por “Concejales Jóvenes”, de los establecimientos educativos secundarios, que serán elegidos en dichas instituciones educativas. Cada establecimiento elegirá dos concejales titulares y dos suplentes quienes presentarán los proyectos en representación de sus instituciones.

Art. 3º.- Los Concejales Juveniles podrán presentar y tratar Proyectos de distintas índole cuya aplicación sea viable y corresponda a la jurisdicción de la Municipalidad de Seguí.

Art. 4°.-Como Institución dependiente del Concejo Deliberante, las sesiones serán presididas por el Presidente del mismo, acompañado por los Concejales que deseen asistir y un representante del Departamento Ejecutivo. En todos los casos estos tendrán voz, pero no voto.

Art. 5º.- Los concejales Juveniles no percibirán remuneración alguna por su desempeño como tales, salvo los gastos que generen sus funciones.

Art. 6º.- A los fines de garantizar la coordinación de las tareas del Concejo Deliberante Juvenil y su debido funcionamiento, se creará la Comisión del Concejo Deliberante Juvenil quien tendrá a su cargo, el seguimiento, el asesoramiento, y cumplimiento de las disposiciones para el normal funcionamiento. La misma estará integrada por el Secretario del Honorable Concejo Deliberante, un miembro de cada Bloque de Concejales, y un representante del cuerpo docente de cada establecimiento educativo que se integre al Concejo Deliberante Juvenil.

Art. 7º.- Los Concejales Juveniles electos no representarán a ningún partido político, credo, movimiento social ni de cualquier otra índole.

Art. 8º.-Los Concejales Juveniles tendrán como función elaborar por sí o recepcionar Proyectos de los alumnos de su Institución, los que serán tratados y evaluados por el Concejo Deliberante Juvenil en las sesiones correspondientes, según el Orden del Día.

Art. 9º.- La fecha de iniciación y finalización de las Sesiones será determinada por el Presidente del Concejo Deliberante.

Art. 10º.-En la primera Sesión o Sesión Preparatoria el Presidente del Concejo Deliberante tomará juramento a los Concejales Juveniles, y éstos elegirán al Vice-Presidente 1º y Vice-Presidente 2º. De los concejales suplentes, por simple mayoría de votos se elegirá un Secretario del Concejo Deliberante Juvenil titular y un suplente.

Art. 11º.-En la primera Sesión Ordinaria del Concejo Deliberante Juvenil, el Presidente Municipal procederá a la apertura de sesiones; posteriormente los Concejales Juveniles deberán sancionar su Reglamento Interno el cuál no podrá ser modificado sobre tablas.

Art. 12º.- Los Proyectos aprobados por el Concejo Deliberante Juvenil ingresarán a la Secretaría del Concejo Deliberante, por Mesa de Entrada y los mismos serán presentados en Sesión para que tomen conocimiento de ellos los Señores Concejales para su posterior análisis. En esta instancia los Concejales Juveniles tendrán voz, pero no voto.

Art. 13º.- La documentación del Concejo Deliberante Juvenil será depositada y archivada en la Secretaría del Concejo Deliberante.

Art. 14º.- Finalizado el Período de Sesiones se extenderán Certificados a los alumnos que participaron de las mismas.

Art. 15º.- Comuníquese, publíquese, archívese.

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